Córdoba

El obispo dicta la primera nulidad de un matrimonio por el procedimiento breve

  • Los recurrentes obtienen la sentencia en tres meses y el coste se rebaja hasta los 300 euros

El obispo, Demetrio Fernández González, ha dictado la primera sentencia de declaración de nulidad de matrimonio en la diócesis de Córdoba por el proceso más breve introducido por el papa Francisco mediante el Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus. La causa se ha tramitado en tres meses porque la petición ha sido propuesta por uno de los cónyuges con el consentimiento explícito del otro y concurrían circunstancias de las personas y de los hechos, sostenidas por testimonios o documentos, que no requerían una investigación o una instrucción más precisa, y de esta forma, hacían manifiesta la nulidad.

El Obispado informó ayer de que este tipo de proceso de carácter extraordinario permite resolver las causas de declaración de nulidad de matrimonio de forma más expedita, con una implicación directa del prelado que, en este caso, estudia las actas del proceso y, si alcanza la certeza moral sobre la nulidad del matrimonio, emite la sentencia final. En cuanto a las costas, se reducen a 300 euros, más los honorarios del abogado. Además, existe un sistema de reducción que, dependiendo de la situación económica del cónyuge, puede alcanzar la exención total cuando los ingresos mensuales no superan el salario mínimo interprofesional.

Esta primera causa ha obtenido la nulidad eclesiástica por "grave defecto de discreción de juicio acerca de los derechos y deberes esenciales que mutuamente se han de dar y aceptar", mantiene la letrada rotal que ha defendido el caso, María Teresa Campos Berzosa, para quien este es "el capítulo más frecuente por el que se declaran nulos los matrimonios, respondiendo normalmente a grave inmadurez en cuanto al discernimiento o bien a falta de libertad interna".

Para iniciar una demanda de nulidad mediante este proceso hay que acudir al Tribunal Eclesiástico de la Diócesis donde se celebró la boda. Campos añade que "al ser el obispo juez en el asunto, garantiza el principio de indisolubilidad del matrimonio en virtud de su oficio pastoral siendo el mayor garante de la unidad católica en la fe y la disciplina".

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