Tribunales

Un error municipal libra a un conductor de pagar 400 euros por ir a más velocidad de la permitida

  • El vehículo iba a 83 kilómetros por hora en un tramo limitado a 50

Coches circulando en el Paseo de la Victoria.

Coches circulando en el Paseo de la Victoria. / Juan Ayala

Un juzgado de Córdoba ha exonerado de pagar una multa de 400 euros a un conductor por circular por la ciudad en un vehículo a 83 kilómetros por hora en un tramo limitado a 50 por un error municipal en la tramitación de la sanción.

El juez no llega a explicarse en la sentencia el motivo por el que el Ayuntamiento de Córdoba incoó un expediente sancionador al conductor, después de que a éste se le comunicase la sanción y los recursos que cabían ante ella en el formulario normalizado que le entregó la Policía Local.

Este expediente sancionador no le fue comunicado al conductor y anulaba la comunicación realizada por el agente al entregarle la multa, por lo que "debe concluirse que no se llegó a constituir la resolución sancionadora", según la resolución del juez de lo Contencioso Administrativo número 3 de Córdoba, Rafael García Salazar.

Esto "debe llevar sin mayores razonamientos a la íntegra estimación del contencioso" que el conductor afectado interpuso al enterarse de la sanción cuando se encontraba en vía de apremio, previo al embargo de bienes para su cobro. 

Como el afectado tenía varias sanciones pendientes, el juez entiende que no tenía que saber que esa era, precisamente, la que se le impuso el 7 de abril de 2015 por exceso de velocidad.

Junto a la exoneración del pago la multa, el juez condena al Ayuntamiento de Córdoba al pago de las costas procesales, aunque las limita a cien euros.

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