Córdoba

El TSJA confirma la absolución al hombre que estaba acusado de asesinar a una anciana en Baena

  • El alto tribunal asegura que el veredicto es "lo suficientemente explícito"

Un momento del juicio.

Un momento del juicio. / E. P.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado en su integridad el recurso presentado por la Fiscalía contra la sentencia que absuelve al hombre de unos 35 años y nacionalidad marroquí al declararlo no culpable un jurado después de estar acusado de un delito de asesinato con alevosía y un delito de robo en casa habitada, tras supuestamente asesinar a una anciana en su vivienda y entrar a robar en la localidad cordobesa de Baena en abril del año 2015.

Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Alto Tribunal ha considerado desestimar en su integridad el recurso del Ministerio Público y confirma la sentencia absolutoria para el hombre, que fue defendido por el abogado Carlos Fernández-Martos.

Al respecto, el TSJA responde a la fiscal que consideró erróneo la redacción del objeto del veredicto que "si no compartía la redacción, debió formular en su momento la oportuna protesta", a lo que añade que "el veredicto es lo suficientemente explícito y transparente como para conocer cuáles han sido las razones por las que el jurado decidió apreciar la no culpabilidad del acusado que fue absuelto".

En este sentido, expone que "es claro que ha creído la versión del mismo, dando especial relevancia a los datos ofrecidos por los testigos, por el propio acusado y por resultados de las pruebas periciales y a la ausencia de prueba directa sobre la dinámica comisiva de los hechos enjuiciados".

Asimismo, se señala que "el jurado expresó su convencimiento respecto de la inculpabilidad del acusado, detallando debidamente los elementos de convicción que había tenido en cuenta". Por ello, agrega, "el magistrado presidente, en el ejercicio de su jurisdicción, se limita a decir que no considera probado que el acusado absuelto participara en el hecho que se relata".

Igualmente, en la sentencia se indica que "tras visionar el CD donde se recogen las instrucciones al jurado, no se advierte de que se haya cometido irregularidad grave alguna". Contra esta sentencia se puede presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).

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