Córdoba

El TSJA da la competencia de la causa contra Rafael Velasco a un juzgado de Sevilla

  • La titular de la sala sevillana archivó en 2017 la investigación de cuatro ayudas de formación concedidas a la empresa del socialista

Rafael Velasco en una comparecencia como vicesecretario del PSOE andaluz.

Rafael Velasco en una comparecencia como vicesecretario del PSOE andaluz. / el día

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado al Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, cuya titular es María Núñez, competente para instruir una de las causas abiertas contra el exvicesecretario general del PSOE de Andalucía Rafael Velasco por las ayudas de los cursos de formación concedidas a sus empresas. Todo ello después de que la instructora archivara en octubre de 2017 la investigación sobre cuatro de estas ayudas y se inhibiera en favor de los juzgados de Córdoba en relación con otras nueve otorgadas por la Delegación Provincial de Empleo.

El TSJA toma esta decisión a la espera de que la Audiencia Provincial de Sevilla resuelva sobre el recurso presentado por el PP andaluz contra el auto de la juez María Núñez sobre el sobreseimiento libre y la inhibición por parte del juzgado de Sevilla.

El Juzgado de Instrucción número 2 de Córdoba devolvió a la juez de Instrucción número 6 de Sevilla una de las causas contra Velasco por las ayudas de los cursos de formación concedidas a sus empresas, no aceptando la inhibición de Núñez, algo que sí han hecho ya los juzgados de Instrucción número 4 y el 6 de Córdoba con otras ayudas.

En el auto de octubre, la magistrada María Núñez, que investiga las presuntas irregularidades en los cursos de formación, archivó la investigación relativa a cuatro ayudas concedidas al entramado empresarial vinculado a Rafael Velasco y se inhibió en favor de los juzgados de Córdoba en relación con otras nueve ayudas.

En concreto, la instructora archivó estas cuatro ayudas al considerar que "no existe indicio alguno de conducta o hecho delictivo que justifique la apertura de procedimiento penal". En el auto, la juez acordó además inhibirse en favor de los juzgados de Córdoba en relación a nueve expedientes de ayudas a la formación concedidas por la Delegación de Empleo en Córdoba a dos empresas. Según explica, "tanto la concesión, como la gestión y posterior liquidación y justificación" de las ayudas "se han desarrollado en los servicios provinciales del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en Córdoba y en consecuencia los posibles delitos investigados, prevaricación cometida en la concesión u otras resoluciones que se hayan podido dictar, singularmente los certificados del artículo 41 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía, así como la malversación por parte de autoridades, funcionarios o terceros, y el eventual fraude de subvenciones se habría llevado a cabo en la provincia de Córdoba".

Pues bien, ahora el TJSA, tras el oficio presentando el 9 de abril por el Juzgado de Instrucción número 2 de Córdoba planteando cuestión de competencia con el Juzgado de María Núñez en Sevilla, concluye que el competente en esta causa es el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla.

En un auto, el TSJA señala que la Fiscalía a este respecto dictaminó que "procede dictar auto por la Sala acordando que la competencia para la investigación de los hechos corresponde al Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, en tanto se determine la firmeza del auto de sobreseimiento e inhibición que ha sido dictado y se encuentra pendiente del recurso de apelación interpuesto ante la Audiencia Provincial". El TSJA señala que el recurso de apelación puede estar dirigido, más que a dirimir la competencia de la instrucción, al debate sobre la reapertura de la investigación e incluso sobre una investigación conjunta.

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