Córdoba

Pena de 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad por conducir ebrio

  • Los agentes le hicieron cinco veces el test del alcohol ya que era "incapaz" de soplar

Se puso al volante tras haber ingerido "bebidas alcohólicas que le producían una importante merma de las facultades físicas y psíquicas precisas para la correcta conducción". El Juzgado de lo Penal número 4 ha condenado a Q. C. D., un joven de 28 sin antecedentes penales, por superar la tasa de alcoholemia mientras conducía. Se trata de unas de las primeras resoluciones judiciales que tiene en cuenta la reforma del Código Penal para los delitos de tráfico que entró en vigor a principios de diciembre.

El juez, en concreto, condena a Q. C. D. a una multa de 720 euros, con arresto sustitutorio de un día por cada dos cuotas no satisfechas, así como a 31 días día de trabajo en beneficio de la comunidad. La sentencia también lo priva del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo de un año y un día y al pago de las costas. En caso de que el individuo incumpla los trabajos sociales, podría pasar tres meses en prisión.

Los hechos se produjeron sobre las 06.35 del día de Navidad, cuando el procesado circulaba por la plaza de la Barrera de la localidad de Lucena al mano de un Ford Focus. La sentencia considera probado que la ingesta de alcohol provocó que Q. C. D. circulara "de forma irregular, por el centro de la calzada y haciendo eses". Dos agentes de la Policía Local que lo detectaron le dieron el alto, y al acercarse a él apreciaron "evidentes síntomas de haber ingerido alcohol".

La sentencia enumera que el joven tenía el "rostro pálido, pupilas dilatadas, habla pastosa, aliento con olor a alcohol notorio a distancia y deambulación con movimiento oscilante". Los policías lo invitaron a someterse a la prueba de alcoholemia, a lo que accedió voluntariamente. Los agentes realizaron hasta cinco intentos con un etilómetro homologado debido a que era "incapaz" de soplar por su embriaguez.

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