Córdoba

El Gobierno obliga a incluir la indicación del origen en el etiquetado de los productos lácteos

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un Real Decreto por el que se establece la obligatoriedad de incluir la indicación de origen en el etiquetado de la leche y los productos lácteos. La normativa responde a la necesidad de dar solución al consumidor actual, que valora la transparencia y la información del origen de los alimentos que consume.

Con esta medida, el etiquetado de la leche y los productos lácteos elaborados en España deberán identificar el "país de ordeño" y el "país de transformación" de la leche utilizada como materia prima. Cuando el país de ordeño y/o de transformación sea exclusivamente España, siempre deberá indicarse "España" y no se podrá sustituir por la expresión "UE". Sin embargo, cuando la leche no sea exclusivamente española, tendrá que indicarse "País de ordeño" y "País de transformación", seguidas del nombre del/los Estados Miembros (EEMM), o "UE", "fuera de la UE", "UE y fuera de la UE". De esta forma, la etiqueta de estos productos distinguirá claramente la leche ordeñada y transformada en España. Afectará a productos como la leche y nata sin concentrar, azucarar ni edulcorar de otro modo; leche y nata concentradas, azucaradas o edulcoradas de otro modo; suero de mantequilla, leche y nata cuajadas, yogur, kefir y demás leches y natas, fermentadas o acidificadas, incluso concentrados, azucarados, edulcorados de otro modo o aromatizados, o con fruta o cacao; lactosuero, incluso concentrado, azucarado o edulcorado de otro modo; productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso azucarados o edulcorados de otro modo, no expresados ni comprendidos en otras partidas; mantequilla y demás materias grasas de la leche; y quesos y requesón.

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