Córdoba

El Consistorio pagará 16.300 euros por una caída en la vía pública

  • Una mujer se fracturó la rodilla y la cabeza del peroné al pisar un cartón que tapaba la boca de una alcantarilla en la esquina de Braulio Laportilla y Góngora

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al Ayuntamiento a pagar 16.323 euros a M. R. M., una mujer que se cayó en el hueco de una alcantarilla. Los hechos ocurrieron el 15 de octubre de 2000, a las 02.30, cuando la víctima caminaba por la calle Góngora, esquina a Braulio Laportilla. En este lugar pisó una alcantarilla que no estaba tapada, sino disimulada con un cartón, por lo que cayó al vacío a más de dos metros de profundidad. Algunos viandantes que pasaban por allí en aquel momento fueron quienes la rescataron del fondo del agujero.

Como consecuencia del accidente, M. R. M. resultó con fractura de rodilla y de la cabeza del peroné, de las que curó, tras una intervención quirúrgica con seis días de hospitalización, al cabo de 124 días. La sentencia de la sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal andaluz, contra la que no cabe recurso alguno, ha valorado esta lesión en 16.323 euros, cantidad en la que se incluyen 234 de gastos de farmacia y 300 de una asistenta doméstica.

El origen de este recurso ahora fallado por el TSJA está en el argumento utilizado por el Ayuntamiento para negarse a abonar la cantidad reclamada por la víctima. El Consistorio estimaba que no había legitimación pasiva para hacerle responsable de los hechos, puesto que Emacsa es la encargada del mantenimiento del alcantarillado. La empresa municipal de aguas, en cambio, se defendió explicando que la vigilancia de las calles corresponde a la Policía Local, que el robo de las tapas es algo habitual y que ellos cuentan con un servicio de urgencia que se encarga de reponer aquellas que faltan.

La sentencia del TSJA defiende que el Ayuntamiento sí es responsable del alcantarillado de la ciudad, un servicio que "está cedido a la concesionaria Emacsa", con independencia "de la existencia de otros responsables". En este punto, el alto tribunal andaluz explica que "una responsabilidad no excluye a la otra, al menos frente a los terceros, víctimas del accidente, sin perjuicio de las reclamaciones que, entre sí, puedan ventilar las entidades implicadas".

Por tanto, el TSJA condena solidariamente tanto al Ayuntamiento, como a Emacsa y a la compañía de seguros Liberty Insuranse a indemnizar a M. R. M. al pago de los mencionados 16.323 euros más los intereses legales desde la reclamación.

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