Córdoba

El Consistorio tendrá que indemnizar a un empleado por despido nulo

El Ayuntamiento tendrá que indemnizar con 7.865 euros a un trabajador que fue contratado dentro del plan de la Junta Emple@ 30+ y cuyo contrato fue rescindido después de obtener la calificación de "no apto" en el reconocimiento médico. El juez considera que se trata de un "despido nulo" ya que "la decisión empresarial no tenía fundamento médico" y considera la medida una "discriminación indirecta al obstaculizarle, por motivos de su enfermedad, el derecho al trabajo".

El trabajador en cuestión es auxiliar de enfermería y fue contratado a cargo de este programa para la "atención integral a personas con dificultades de movilidad en riesgo de exclusión" dentro del cupo de personas discapacitadas. El empleado tiene una incapacidad permanente total para su profesión habitual por cardiopatía isquémica, enfermedad de tres vasos revascularizada y disnea grado tres con limitación para sobrecargas de intensas a moderadas. La firma del contrato, además, quedó supeditada "a los resultados del reconocimiento médico que me han realizado", según firmó el trabajador, que inició su actividad en febrero y los datos llegaron a mediados de marzo. Durante ese tiempo recibió formación y trabajó como acompañante de dependientes en riesgo de exclusión "sin exigencias de sobrecarga física". El juez cree que hubo discriminación y el despido es nulo.

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