El Consistorio embarga por error una finca al creer que era de Gómez

La asesoría jurídica reclama a Hacienda que anule la medida al comprobarse que los terrenos, de 250.000 metros cuadrados, no son propiedad de Arenal 2000

Casas en construcción de la promoción de Arenal 2000 en la Carrera del Caballo.
Rafael Ruiz

26 de marzo 2009 - 01:00

Ustedes perdonen, pero nos hemos equivocado de finca. La hacienda municipal ha tenido que dar media vuelta a sus pretensiones al considerar que los terrenos que había embargado, atribuyéndoselos al constructor Rafael Gómez Sánchez, habían sido vendidos con anterioridad a la orden de emisión del embargo. La asesoría jurídica ya ha emitido un informe que ratifica los argumentos del Departamento de Recaudación donde se reconoce que la decisión debe ser levantada.

Según la documentación a la que ha tenido acceso este periódico, la empresa constructora del grupo de empresas de Rafael Gómez Sánchez, Arenal 2000, mantiene un débito con el Ayuntamiento por el Impuesto de Bienes Inmuebles de los años 2003, 2005, 2006 y 2007. Además, la suma incluye multas coercitivas realizadas a raíz de actuaciones urbanísticas sin licencia por parte de la empresa constructora. En total, el principal del débito con el fisco municipal asciende a 3.469.502 euros.

Para garantizar el pago de la multa, el Ayuntamiento optó por trabar un embargo cautelar sobre una serie de propiedades. Entre ellas, según el expediente municipal, el 25 de septiembre de 2008 se procedió al embargo de una mitad indivisa en pleno dominio de la finca llamada Los Nogales, en Córdoba, con un agregado del Haza de Partidabaldía. En total, según los datos registrales, que fueron los que utilizó el Ayuntamiento, la superficie afectada por el embargo asciende a más de 25 hectáreas (o 250.000 metros cuadrados). La finca fue embargada junto a otra serie de propiedades a nombre del propietario de Arenal 2000 para poder garantizar el pago efectivo del débito en su fase ejecutoria.

El 28 de noviembre pasado, la verdadera propietaria de los terrenos dio señales de vida ante el Ayuntamiento. Registró una solicitud ante el área de Hacienda en la que informaba que los supuestos terrenos de Rafael Gómez ahora eran de su propiedad y que el embargo no le correspondía. Según los datos de la documentación aportada, la mitad indivisa que fue cautelarmente inmovilizada fue adquirida el 16 de octubre de 2007, con su correspondiente elevación a escritura pública de la operación ante un notario de la ciudad.

El informe de la asesoría jurídica reconoce que existe jurisprudencia sobrada que, en el caso de que la venta de un bien sobre el que se trabe embargo, el adquiriente tiene perfecto derecho a que se anule dicha disposición en el caso de que la compra se lleve a cabo antes de que se produzca la orden municipal. En este caso, afirman los letrados municipales, la carga de la prueba corresponde al "tercerista", esto es, a la persona o sociedad que figure como actual propietario de la finca.

Los letrados municipales reconocen incluso que el hecho de que el Registro de la Propiedad no encuentre sus datos actualizados no implica que el embargo pueda llevarse a cabo. Aseguran en su informe que la exactitud de los datos del registro suponen tan sólo una mera presunción legal, que puede ponerse en entredicho si se acredita de forma fehaciente.

La decisión de levantar el embargo supone, en realidad, un paso meramente formal. El Consistorio decidió establecer en el Registro de la Propiedad una anotación advirtiendo que la finca no podía transferirse puesto que era susceptible de acabar en manos del Ayuntamiento. Pese a ser una cuestión meramente formal, el Consistorio ha tardado meses en resolver la situación: trabó el embargo el 25 de septiembre de 2008 y el informe del visto bueno jurídico tiene fecha del dos de marzo de 2009.

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