Córdoba

Condenado un hombre a un año de cárcel por darle una paliza a su mujer

Golpeó reiteradamente a su mujer e, incluso, la arrastró por los pelos. La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha condenado a un año de prisión a un vecino de Puente Genil identificado como G. C. R. por un delito de lesiona a su pareja cometido el 12 de junio del año pasado. La sentencia considera probado que el agresor y su víctima mantenían una relación sentimental que se remontaba 11 años atrás.

El día de los hechos, la mujer se dirigía al hospital de la localidad y, en el camino, el procesado "comenzó a golpearla", lo que hizo que personas que transitaban por allí alertaran a la Policía e incluso los usuarios del hospital avisaron a los vigilantes del centro hospitalario. Ya en la entrada del recinto, la resolución considera probado que el individuo arrastró por los pelos y por los pies a su pareja, a la que "seguidamente comenzó a golpear con la mano abierta en reiteradas ocasiones". El agresor sólo cesó cuando llegaron los agentes. Como consecuencia de los hechos, la mujer presentaba contusiones en el oído izquierdo, la mandíbula, un ojo y los hombros, así como pérdida de prótesis dentarias y cuatro hematomas en el muslo.

La Fiscalía solicitaba para G. C. R. ocho años de prisión por un presunto delito de homicidio en grado de tentativa y un año por malos tratos. El tribunal, finalmente, condena al individuo sólo por estos últimos hechos, debido a que la propia víctima negó durante el juicio haber sido objeto de una agresión y dijo que sus heridas se debían a una caída por las escaleras. "Sólo nos queda el parte de asistencia" para condenar, concluye la sentencia.

La Audiencia Provincial, por tanto, duda de que la mujer sufriera "reiterados golpes en la nuca" y que G. C. R. tuviera intención de estrangularla, como sostenía el Ministerio Público. El informe de los médicos forenses, no obstante, constató que la mujer sufrió presión sobre la garganta con un objeto blando, aunque durante la vista oral no quedó acreditado a qué se debió esta lesión. Además de la pena de un año de prisión, el tribunal prohíbe al acusado comunicarse con su víctima durante dos años.

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