Córdoba

Condenado a tres meses un conductor que circulaba ebrio y con el carné retirado

  • El juez acuerda el comiso del vehículo del procesado, un Lada Niva con el que ya había cometido otros cinco delitos

Su conducción era "errática" y a una velocidad "anormalmente reducida". A Antonio A. M., un vecino de la localidad malagueña de Cuevas de San Marcos, no lo delató su abuso del acelerador, sino su falta de reflejos al ponerse al volante como consecuencia de un consumo excesivo de bebidas alcohólicas. El Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba lo condena ahora a tres meses de prisión y acuerda el comiso del vehículo, un Lada Niva con el que ya había cometido otras fechorías.

La infracción penal se produjo el 2 de noviembre del año pasado. Sobre las 08.00, el individuo marchaba por la carretera autonómica A-333 -en el término municipal de Priego de Córdoba-, "después de haber ingerido bebidas alcohólicas que lo incapacitaban para conducir". La sentencia considera probado que iba de formaba errática, hasta el punto que llegó "incluso a parar y bajarse del vehículo". Una patrulla de la Guardia Civil que lo seguía le observó "evidentes síntomas de ir bajo los efectos de bebidas alcohólicas", por lo que dieron aviso a una pareja de atestados.

La primera prueba de alcoholemia que le practicaron arrojó un positivo de 0,97 miligramos de alcohol por litro de aire respirado; el segundo test confirmó una cantidad de 0,96, una tasa que el procesado no quiso constatar con un análisis de sangre, según consta en la resolución judicial. Cuando los agentes consultaron la base de datos de la Dirección General de Tráfico (DGT), comprobaron que el procesado soportaba un amplio historial en infracciones al volante, hasta el punto de que tenía retirado provisionalmente su permiso de conducir por parte de un juzgado de Málaga.

La resolución del Juzgado de lo Penal número 1 detalla que Antonio A. G., de 51 años, ya ha sido condenado en otras cinco ocasiones por ponerse al volante tras consumir bebidas alcohólicas, la última de ellas el 16 de agosto del año 2005. En aquella ocasión, el individuo fue condenado a las penas de 12 meses de multa y cuatro años de privación del derecho de conducir. Además de a la condena de tres meses de prisión, el juez de Córdoba condena ahora al procesado a cuatro años de privación del derecho de conducir vehículos a motor y ciclomotores, además de a una multa de 1.350 euros. En caso de impago por insolvencia, la sentencia -que ya es firme- propone una privación de libertad de siete meses y 15 días.

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