Córdoba

Condenada a dos años por cobrar la pensión de su madre fallecida

  • Una mujer reconoce que percibió 103.000 euros de manera fraudulenta durante 16 años tras la muerte de su progenitora

Cobró la pensión de viudedad de su madre durante años sin avisar a la Seguridad Social de que la mujer había fallecido. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a una pena de dos años de cárcel y al pago de una multa de 103.198 euros a una mujer por un delito de fraude de prestaciones por percibir durante 16 años la pensión de viudedad de su progenitora, ya fallecida.

Según recoge la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la mujer también ha sido condenada a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante cinco años y a que indemnice a la Administración perjudicada con 75.319,98 euros y a una entidad bancaria con 29.598,29 euros.

La resolución considera probado que la madre de la procesada tenía reconocida una pensión de viudedad por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), con efectos desde el 1 de junio de 1992. La beneficiaria falleció el 23 de noviembre de 2000, "aunque por desconocer este hecho la entidad pagadora, desde dicha fecha hasta el 30 de septiembre de 2016, el importe mensual de la pensión se fue ingresando en una cuenta corriente que la acusada y su madre tenían" en una entidad financiera. La Audiencia agrega que la acusada, "pese a ser consciente de ello", no advirtió a la Seguridad Social del fallecimiento de su madre, "haciendo suyas con ánimo de procurarse un beneficio ilícito las sumas ingresadas en dicho periodo". La resolución detalla que en este caso el engaño "estaría residenciado en la falta de comunicación al banco donde se ingresaba la pensión y al INSS del fallecimiento".

El total defraudado asciende a la cantidad de 103.907,87 euros, si bien la entidad financiera ha abonado por su responsabilidad administrativa la suma de 28.588,29 euros correspondientes al periodo que transcurrió desde el 1 de octubre de 2012 al 30 de septiembre de 2016, permaneciendo el resto sin pagar. La sentencia detalla que la condenada, desde un principio, reconoció los hechos, si bien carece de liquidez que le permita devolver lo ilícitamente cobrado.

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