Córdoba

Absueltos los cinco procesados por el accidente de la casa de acogida

  • La sentencia expresa "serias dudas" de que la caída del muro "se deba a la omisión del deber de cuidado" de los acusados y destaca su "larga experiencia"

El Juzgado de lo Penal número 4 ha absuelto a las cinco personas procesadas por el accidente laboral que el día 1 de octubre de 2003 le costó la vida a un obrero que trabajaba en la remodelación del antiguo asilo municipal. Entre los procesados se encuentran el jefe de obras, el arquitecto técnico del proyecto y los coordinadores de seguridad. El Ministerio Fiscal solicitaba en total para todos los encartados penas de nueve años de prisión, aunque el juez los absuelve al no considerar probado que los resultados lesivos "se debieran a la falta de medidas de seguridad aportadas".

El día de los hechos, los operarios se encontraban realizando el forjado de la primera planta de la crujía norte del inmueble. Para ello, los obreros conservaron en la zona central de la nave dos muros medianeros. Precisamente, sobre la parte del muro en la que descansaban las dos vertientes del tejado era sobre la que se centraban los trabajos de saneamiento el día de los hechos. Según recoge la sentencia, la pared tenía una altura de dos metros y una longitud de unos 13, pero "al no ser posible el apuntalamiento o el abordaje" por medios mecánicos, el proyecto se decantó por la "artesanalidad y la manualidad".

Las obras, "lógicamente", suponían un "ataque a la estabilidad del muro" -recoge la resolución-, pero se llevaban a cabo de la misma manera que otros trabajos anteriores sobre estructuras de la misma característica. En un momento de los trabajos, el muro se precipitó, causando la muerte a un gruista y lesionando a otras tres personas. Según la sentencia, "no hay constancia de incumplimiento de normas de seguridad en la dirección y ejecución de la obra"; la empresa constructora, de hecho, contaba con plan de prevención de riesgos laborales y se habían adoptado las "medidas necesarias" para el aseguramiento de los trabajadores. La Fiscalía imputaba a los procesados sendos delitos de homicidio por imprudencia y contra los derechos de los trabajadores.

Para la juez, existen "serias dudas" de que la caída del muro "se deba a la omisión de deber de cuidado de quienes ostentan posición de garante" y, asimismo, no consta acreditado que "en momento alguno hubiera falta en la prestación de las medidas de seguridad colectivas e individuales para cada uno de los trabajadores allí presentes". La sentencia tampoco advierte problemas en "la ejecución de las obras" y, aunque reconoce que la intervención implicaba "ciertos riesgos", no era "previsible" que el muro se viniera abajo. La resolución, asimismo, destaca "la larga experiencia" en la construcción del personal, que además estaba formado en seguridad y prevención.

Durante la vista oral, M. C. B., el jefe de la obra de remodelación del antiguo asilo municipal, aseguró que la intervención "no presentaba ningún problema" y que los trabajos se adaptaron a la memoria del proyecto. "Habíamos hecho ya el 80% de la estructura cuando se produjo el accidente", aseguró el arquitecto técnico, que se enfrentaba a una pena de tres años de cárcel. Éste aseguró que la inspección técnica de la obra "hacía una revisión una vez a la semana" y subrayó que la prueba realizada para controlar la dureza del hormigón dio positivo.

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