Tribunales

Un supermercado pagará 86.770 euros a una mujer que fue atropellada con un carrito

  • Los informes forenses aportados apuntan a que ésta sufrió una trombosis pulmonar que fue calificada por los peritos forenses como consecuencia

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a una cadena de supermercados de ámbito nacional a abonar 86.770 euros a una mujer de 70 años y vecina Adra (Almería) que en noviembre sufrió graves "daños corporales" al ser arrollada por un carrito que portaba uno de los empleados del establecimiento.

La sentencia establece la responsabilidad civil de la empresa en el accidente y revoca un fallo del juzgado de Primera Instancia de Berja que fijó la indemnización en poco más de 30.000 euros y "no tuvo en cuenta" las secuelas por insuficiencia respiratoria restrictiva que dejó el atropello en la víctima.

Los informes forenses aportados durante la vista oral, de los que no se puede inferir que la mujer haya podido recuperar su total capacidad tras el accidente, apuntan a que ésta sufrió durante su convalecencia y después de pasar por el hospital de Poniente (El Ejido) para curar de sus lesiones una trombosis pulmonar que fue calificada por los peritos forenses como consecuencia.

El fallo reprueba, asimismo, "un vicio de incongruencia" en el juez de Primera Instancia al fijar una indemnización muy inferior a los más de 64.000 euros que la aseguradora de la cadena de supermercados demandada consignó en pago de "las secuelas y días de incapacitación y hospitalización sufridas por la lesionada".

La citada aseguradora deberá abonar además intereses de demora al considerar el tribunal que no concurre causa alguna ajena a la exclusiva voluntad de ésta que justifique la dilación en el pago de estas cantidades, que consignó casi tres años después y con un informe forense de incapacidad y secuelas de fecha de septiembre de 2004.

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