Andalucía

Cómo solicitar el Bono Joven de Alquiler en Andalucía

¿Cómo pueden pedir los jóvenes el Bono Joven del alquiler?

¿Cómo pueden pedir los jóvenes el Bono Joven del alquiler?

El plazo para la solicitud del Bono Joven de Alquiler en Andalucía comienza el 14 de noviembre de 2022, se trata de una adjudicación por orden de llegada que atenderá a las primeras 14.000 solicitudes recibidas de forma correcta. Pero ¿cómo se ha de solicitar esta ayuda?

Los primeros pasos

Antes del inicio del plazo del día 14, aquellas personas que tengan entre 18 y 35 años pueden informarse de los requisitos para acceder a estas ayudas, entre los que se encuentran la renta, los tipos de contrato de alquiler a los que se puede aplicar y las relaciones entre los convivientes del mismo domicilio (de haberlos), entre otros. Se puede consultar esta información desglosada en el siguiente enlace.

Si se cumplen los requisitos, aquellos interesados pueden comenzar a realizar los trámites previos que serán necesarios para la entrega de la solicitud telemática. Estos son la firma electrónica (para la que se necesita el certificado digital de la FNMT), la descarga de la aplicación de la autofirma necesaria para los procedimientos en VEAJA. Es imprescindible también estar dado de alta en el Registro de cuentas de Terceros de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y tener los datos de la referencia catastral de la vivienda alquilada.

Se pueden consultar cómo realizar estos procedimientos en el siguiente enlace.

¿Cómo solicitar el Bono Joven de alquiler?

Se podrá acceder a la solicitud desde la página de la Junta de Andalucía, a través de su apartado 'Bono alquiler joven'. Además de incluir el enlace para realizar la solicitud, en la página se puede leer la información relevante relacionada con el trámite.

Desde la página principal del trámite se ha de hacer click en 'Iniciar'. En la siguiente página se pedirán los datos de la persona solicitante, no será necesario rellenar nada porque al acceder con el certificado digital los datos se cumplimentarán de forma automática. Sin embargo, si se ejerce de representante, sí que se deberán añadir los datos y DNI de la persona beneficiaria.

Se pedirá también un correo electrónico para poder recibir los avisos de las notificaciones, también podrán consultarse en el Sistema de Notificaciones Electrónicas (al que se puede acceder con el certificado digital).En el siguiente paso, se deben añadir los datos bancarios que ya están dados de alta en el Registro de cuentas de Terceros.

Tras esto, se pedirán los datos del alquiler del domicilio o habitación. En estos se incluye la dirección, la referencia catastral, el tipo de contrato y la fecha de inicio del mismo. Dependiendo del tipo de contrato que se haya elegido, el formulario mostrará una serie de opciones para elegir según la renta del contrato.

Si se trata del contrato de una vivienda se deberán cumplimentar nombre, apellidos y DNI de todas las personas que aparezcan en dicho documento y el porcentaje que cada una de ellas aporta a la renta total. Si el contrato es para una vivienda en la que viven familias o personas en situación de convivencia se deberán añadir los datos personales de todos los miembros que las forman.

Se deben cumplimentar también los datos de la persona arrendadora y la cuenta bancaria a la que se le abona la renta. También se deberán incluir el periodo por el que se pide la ayuda (el máximo es de 24 meses). Esta ayuda puede pedirse de forma retroactiva desde enero de 2022 si se cumplen con los requisitos necesarios.

Dependiendo del contrato los solicitantes también deberán cumplimentar anexos, por ejemplo si se tiene un contrato de tipo 2, 3 o 4 se necesita añadir el anexo I-bis firmado por las personas de la familia o unidad de convivencia o por las partícipes del contrato parcial.

Se debe añadir también documentación como el contrato o compromiso de alquiler, el certificado de empadronamiento colectivo (si es una familia). El proceso puede pedir otros documentos si no se da permiso a consultar los datos con otras entidades públicas.

Desde la Junta de Andalucía recomiendan aportar el Anexo III para facilitar el cobro de las ayudas a los meses de 2022 (retribución con carácter retroactivo).

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