Delimitación de los lindes de los municipios

Una tierra de nadie emerge entre Huelva y Punta Umbría

  • La adaptación del mapa municipal al siglo XXI que lleva a cabo la Dirección General de Administración Local depara algunas sorpresas

Área de tierra entre Huelva y Punta Umbría (Cartaya)

Área de tierra entre Huelva y Punta Umbría (Cartaya)

Funcionarios del siglo XIX, llamados agrimensores, se recorrieron toda España en burro y armados con brújulas y cuadernos de campo para trazar las lindes de cada término municipal. Hacia 1870, el Imperio español estaba en decadencia perdiendo sus últimas colonias y el Gobierno quería saber con qué riqueza agrícola y minera contaba en su propio territorio.

Una directiva europea de 2007 obliga a traducir esa delimitación del siglo XIX al Sistema Geodésico de Referencia ETRS89 y a expresar las coordenadas de cada mojón en grados sexagesimales, con precisión mínima de cinco decimales y en proyección UTM huso 30 para la representación cartográfica. En Andalucía, esa adaptación es competencia de la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, que dirige Juan Marín. Y ese trabajo de actualización del mapa municipal de Andalucía para adaptarlo al siglo XXI no está exento de sorpresas, como un territorio nuevo que en este siglo y medio transcurrido ha emergido en la desembocadura del río que separa Huelva y Punta Umbría. Las lindes entre ambos términos se replantearon el año pasado y quedaron fijadas en una orden publicada en el BOJA del 17 de febrero de 2020 donde se deja constancia de que “si bien el Acta de 10 de mayo de 1897 ubica el punto de amojonamiento final, M2, en la confluencia de la frontera natural del río que separa Huelva y Cartaya (hoy Punta Umbría) con el océano Atlántico, desde tal fecha ha emergido del mar un considerable terreno, previéndose que tal ámbito territorial va a ir incrementándose progresivamente mediante la sedimentación arenosa que irá ganándole espacio al mar en la desembocadura fluvial”.

Cuaderno de campo de los trabajos de delimitación entre Huelva y Cartaya (Punta Umbría) del siglo XIX Cuaderno de campo de los trabajos de delimitación entre Huelva y Cartaya (Punta Umbría) del siglo XIX

Cuaderno de campo de los trabajos de delimitación entre Huelva y Cartaya (Punta Umbría) del siglo XIX

Al no haber sido reclamado por ninguno de los ayuntamientos hasta ahora (para ello deben impulsar un expediente de alteración del término municipal), la delimitación territorial no incluye ese espacio por lo que, hoy por hoy, es tierra de nadie.Desde 2019 se han tramitado 88 expedientes de replanteo (actualización de las lindes) que afectan a 117 municipios, ya que un mismo expediente afecta a dos términos si bien hay localidades que, a través de varios expedientes, han oficializado sus lindes con varios términos vecinos.

Así por ejemplo, Úbeda (Jaén) ya tiene actualizadas sus lindes con Vilches, Navas de San Juan, Sabiote y Arquillos. O Carmona (Sevilla) las suyas con Brenes, Fuentes de Andalucía, La Campana, Lora del Río y Marchena.

En lo que va de 2021, se han oficializado los límites territoriales de Morelabor y Piñar en Granada así como de El Viso e Hinojosa del Duque y La Rambla y Montemayor en la provincia de Córdoba, donde próximamente se publicará en el BOJA la delimitación también entre La Rambla y Montalbán de Córdoba.

No siempre los técnicos del IECA hallan el punto de amojonamiento que los agrimensores del siglo XIX mencionan. En Pulpí (Almería), los documentos aluden al mojón de Mahoma-Santiago que se entiende que marcaba la frontera con Murcia pero se desconoce si era una roca de la costa pues no hay referencia exacta de su ubicación.

Citación al alcalde de Huelva para reconocer los puntos de amojonamiento que marcan sus límites con Cartaya y Gibraleón 1897 Citación al alcalde de Huelva para reconocer los puntos de amojonamiento que marcan sus límites con Cartaya y Gibraleón 1897

Citación al alcalde de Huelva para reconocer los puntos de amojonamiento que marcan sus límites con Cartaya y Gibraleón 1897

¿Qué ocurre si hay desacuerdo entre territorios? Ya en el siglo XIX, el Instituto Geográfico Nacional se encontró con conflictos entre municipios. Las actas de entonces dejan constancia de que, pese a no existir tal documentación, los alcaldes de los ayuntamientos acuerdan respetar “la línea de la posesión de hecho”, es decir, los límites dentro de los cuales venían ejerciendo sus competencias y cobrando los impuestos.

Si desde entonces no consta ninguna reclamación y al iniciarse ahora el expediente de replanteo tampoco alega nadie, dichos límites adquieren la condición de definitivos. Para cambiarlos ya necesitarán solicitar la alteración de su término municipal. Cuando no hay acuerdo, ni documentación histórica ni alusión a la posesión de hecho los límites se consideran provisionales y la orden deja claro que se trata de un replanteo parcial de los datos identificativos de determinados tramos de la línea que divide los términos municipales en cuestión.

La fórmula para dirimir qué pasa con estos límites provisionales es un expediente de deslinde. A diferencia de los de replanteo, la Junta de Andalucía no inicia estos procesos sino que insta a los ayuntamientos interesados a solicitarlos. Actualmente no hay ninguna solicitud. La última la presentó en 2016 el Consistorio de Zafarraya (Granada) que, desde 1872, tiene una parte de sus límites con Alhama de Granada provisional, la que discurre entre el Cerro de Júrtiga o Torrecilla y el Cerro de los Surcos. Tras un arduo proceso de documentación y trabajo de campo sobre el terreno, y cruce de alegaciones entre municipios, la Dirección General de Administración Local resolvió en una orden publicada en el BOJA del 22 de mayo de 2019 si bien fue recurrida por el Ayuntamiento de Alhama y actualmente continúa dirimiéndose.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios