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Stop a las bases de datos de perfiles ideológicos

  • La pregunta que aún flota es cómo se ha podido permitir a los partidos políticos investigar la ideología de los ciudadanos a través de las páginas web y otras fuentes de acceso público

Stop a las bases de datos de perfiles ideológicos

Stop a las bases de datos de perfiles ideológicos

Los partidos políticos han recibido un varapalo importante por parte de la justicia. A penas estaban empezando a perfeccionar el mecanismo para el envío de spam político segmentado por perfiles ideológicos cuando unos días antes de las elecciones del 26M se conoció que el Tribunal Constitucional había anulado la reforma que permitía a los partidos recopilar bases de datos sobre opiniones políticas de los ciudadanos. Los expertos han respirado ante el riesgo de que, por ejemplo, partidos extremistas puedan utilizar estas fuentes de datos públicos y técnicas big data para hacer listas negras de personas de ideología contraria.

En tiempo récord, y gracias a una iniciativa ciudadana impulsada por activistas y expertos, se ha puesto fin a lo que algunos consideraron como la legalización del “Cambridge Analytica español” en referencia al escándalo de la consultora británica, que vendió los datos de más de 50 millones de usuarios de Facebook al equipo de campaña de Donald Trump con el fin de crear publicidad electoral segmentada por los perfiles ideológicos de cada persona y campañas de desinformación mediante fake news.

El objeto de la polémica sobre la que se ha pronunciado el Tribunal Constitucional es la modificación de la Ley General Electoral que, en el marco de sus actividades electorales, facultaba a los partidos a recopilar datos personales relativos a las opiniones políticas de los usuarios en redes sociales. Dicho de otro modo, los partidos políticos pueden –o podían- construir un perfil ideológico de cada uno de nosotros para, posteriormente, enviarnos propaganda personalizada sin nuestro consentimiento.

Esta potestad que los partidos se concedieron a sí mismos mediante la regulación normativa recuerda bastante a un Gran Hermano en cuanto a que supone una invasión de la intimidad de la persona mediante el rastreo de su actividad en internet para averiguar y catalogar posicionamientos ideológicos expresados libremente en la red. Esta valiosa información convierte a los electores en target de campaña para recibir en sus dispositivos electrónicos propaganda diseñada como un traje a media. Además, el que otros estén autorizados a hacer uso de opiniones políticas expresadas en redes sociales puede llevar a la autocensura y la coacción de la libertad.

La anulación del cambio normativo de la Ley General Electoral se produjo días antes de la celebración de las elecciones municipales del 26M aunque no entra en vigor hasta la publicación de la sentencia, por cuanto los dos procesos electorales que hemos vivido este año han estado afectados por esta regulación que ha puesto en pie de guerra a la sociedad civil que, finalmente, ha terminado ganando la batalla.

Todo comenzó en noviembre de 2018 cuando fue aprobada definitivamente en el Senado la reforma de la Ley Orgánica de Protección de Datos con el voto en contra de Unidos Podemos, Compromís, Nueva Canaria y Bildu. Esta ley incorporaba un polémico artículo, el 58 bis, que permitía a los partidos políticos recabar información sobre las preferencias políticas de los ciudadanos así como mandar SPAM vía WhatsApp, telefónica o correo electrónico sin consentimiento del afectado, algo expresamente prohibido para las empresas comerciales.

Las redes en pie de guerra

La disposición final tercera de la nueva Ley de Protección de Datos modificó la Ley Electoral General con la incorporación del artículo de la discordia. Tal fue el escándalo entre juristas y asociaciones de internautas que las redes sociales se vieron inundadas de mensajes de este tipo contrarios a la aplicación de esta reforma: “Que los partidos puedan spamearte con propaganda electoral es malo, pero lo realmente espeluznante es que puedan tener una base de datos de ciudadanos ordenados por la ideología que parecen tener según manifestaciones en internet. De locos”. (@dbravo).

En este clima, el Defensor del Pueblo, alentado por asociaciones de defensa de los derechos digitales, presentó un recurso de inconstitucionalidad al considerar que este precepto vulneraba los derechos fundamentales de las personas y, para mayor estupor, lo hacía además con el beneplácito de todos los partidos con representación parlamentaria.

El recurso fue estimado por el Tribunal Constitucional, que finalmente ha declarado contrario a la Constitución y nulo el punto 1 del artículo 58 Bis, afirmando en su sentencia que los ciudadanos tenemos derecho a controlar nuestros datos.

Sólo dos meses ha tardado el Tribunal Constitucional en tumbar una iniciativa cuanto menos polémica y considerada por los expertos como peligrosa. Y lo ha hecho por unanimidad de todos los magistrados del pleno atendiendo el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Defensor del Pueblo, encabezado por Francisco Fernández Marugán, al observar que se vulneraban varios derechos previstos en la Ley Fundamental: los relativos a la protección de datos personales, a la intimidad, a la libertad ideológica y a la participación política.

La pregunta que aún flota es cómo se ha podido permitir a los partidos políticos investigar la ideología de los ciudadanos a través de las páginas web y otras fuentes de acceso público, algo que está expresamente prohibido para las empresas privadas. Quien hace la ley, hace la trampa. El Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) prohíbe recopilar o tratar datos especialmente protegidos como son las orientaciones políticas, religiosas o de orientación sexual, pero establece una excepción cuando exista un “interés público esencial”. A este punto se han agarrado los legisladores para redactar el 58 bis que modifica los principios del GDPR.

El experto Borja Adsuara, uno de los impulsores del recurso, afirma que uno de los principales riesgos de los perfiles ideológicos es que “una vez se conozcan los demonios internos de cada uno, los partidos puedan enviar fake news. No hablamos de propaganda pidiendo el voto, sino de fomentar un discurso del odio y manipular el voto en los últimos días de campaña”.

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