Sevilla

El informe del caso Mari Luz critica la "pasividad" del fiscal y la Junta

  • El instructor cree que el juez Rafael Tirado debió controlar la ejecución de sentencias para evitar el retraso pero entiende que "no puede silenciarse" la actitud de las acusaciones personadas en el juicio al pederasta

El instructor del expediente disciplinario en el que se investigan los errores judiciales del caso Mari Luz considera que el juez Rafael Tirado no es el único responsable de lo ocurrido. El magistrado Wenceslao Olea Godoy, que ha solicitado una sanción de 1.502,53 euros para el titular del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla por una falta grave, reprocha en su informe la "actitud pasiva" de los colaboradores del juez, no sólo de la secretaria del órgano judicial, sino de la propia Fiscalía y de la Junta de Andalucía, ambas personadas en la causa seguida contra Santiago del Valle por abusar de su hija y cuya intervención en el proceso "no puede silenciarse".

El informe del instructor rechaza las alegaciones de la Fiscalía General del Estado, en las que solicitaba la máxima sanción para el juez como responsable de una falta muy grave y, paradójicamente, revela las propias omisiones en la intervención del Ministerio Público en la fase de ejecución de una sentencia que se demoró durante más de dos años y dos meses. "No hay desatención muy grave [del juez Tirado] porque lo más que le puede ser reprochable es no haber prestado mayor atención a la sección del negociado de ejecutorias, pero esa desatención pasaba por el hecho de que se le hubiera dado cuenta de la concreta situación en que se encontraban esas ejecutorias", destaca el documento redactado por el instructor.

La actitud "pasiva" que el juez aprecia en el Ministerio Público se produce en relación "con la acción que le es propia" y en las funciones que le impone su Estatuto Orgánico, que recoge entre las funciones de los fiscales las de velar por el cumplimiento de las resoluciones judiciales que afecten al interés público y social.

El informe considera que el retraso imputable al juez no era ni reiterado ni injustificado, puesto que las actuaciones "no dependían de resolución alguna del titular del juzgado, ni con carácter previo se había apreciado la demora". Ese retraso en la ejecución de la condena al presunto asesino de Mari Luz podría haber sido detectado, según el juez que ha investigado el caso, por la Fiscalía y la Junta de Andalucía, que también estaba personada en el proceso como acusación particular contra Santiago del Valle y que "podría haber puesto de manifiesto la demora en la sanción de unos hechos para cuya perseguibilidad consideró digna de afrontar el ejercicio de la acción penal y no para una actitud meramente pasiva".

El juez también alude a las carencias del juzgado en materia de personal y señala que a la "movilidad" de la plantilla se unía la "falta de experiencia" de los funcionarios interinos que ocupaban las plazas vacantes. "Sin desconocer su buena voluntad, es lo cierto que difícilmente pueden asumir las funciones de unos puestos de trabajo que, en su labor cotidiana, poco tiempo permite dedicar al aprendizaje", advierte el instructor sobre la labor de los interinos.

El informe reprocha que una de las plazas del juzgado de lo Penal número 1 estuvo "casi seis meses" sin que se cubriera de forma permanente, por el hecho de que "los nombramientos de los funciones interinos no se hicieran al instante o por que el funcionario interino hubiera a su vez ocasionado una nueva vacante -por permiso de matrimonio-" para la que no se nombró un nuevo interino.

En cuanto a la responsabilidad de Rafael Tirado, el instructor entiende que el retraso que puede imputársele "estaba justificado en la propia situación del juzgado, el aumento de las ejecutorias -que superaban las 600- y la caótica designación" de los funcionarios que desempeñaban su cometido en el negociado de ejecutorias. Aun así, el juez estaba "obligado a adoptar medidas especiales de vigilancia y control, a los efectos de dar las órdenes oportunas para evitar un retraso que no dejaba de acumularse". En este punto, el instructor recuerda el "papel decisivo" de dación de cuentas de la secretaria judicial, que también está inmersa en un expediente disciplinario abierto por el Ministerio de Justicia.

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