Andalucía

La Fiscalía Superior corregirá la pena a la madre que dio una bofetada a su hijo

  • El fallo impone una orden de alejamiento y el Ministerio Público pide 67 días de cárcel

La Fiscalía Superior de Andalucía estudiará la aplicación de medidas que corrijan la "posible desproporción punitiva" de la orden de alejamiento impuesta por el Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén a una madre por abofetear a su hijo en el transcurso de una discusión en la localidad de Pozo Alcón, iniciativa que se tomará en caso de que se confirme la sentencia, que ha sido recurrida por el Ministerio Fiscal.

"Si la sentencia se confirma queremos coordinar la posición del Ministerio Fiscal para ver de qué forma podría producirse su ejecución sin que se perjudiquen los intereses del menor", explicó ayer el fiscal superior de Andalucía, Jesús García Calderón, que aludió a la existencia de diversos instrumentos legales que pueden corregir una situación "hipotéticamente desproporcionada".

García Calderón, que se mostró cauto a la hora de señalar qué medidas previstas en la legislación procesal se podrían aplicar en caso de confirmarse la sentencia, aludió a la posibilidad de conceder un indulto parcial a la madre, si bien subrayó que se trata de una de las diferentes opciones que se podrían tomar y que se estudiarán en el caso de que la sentencia sea firme.

El fiscal señaló también la importancia de la fecha en la que sucedieron los hechos, en 2006. Se trata por tanto de un "elemento decisivo", porque podrían transcurrir tres años desde ese momento hasta la confirmación de la sentencia.

García Calderón recordó que "el Código Penal exige imponer la orden de alejamiento" en estos casos y respecto al recurso planteado por la Fiscalía de Jaén aclaró que se corresponde con la "estricta aplicación de la ley", en relación a que la sentencia emitida en primera instancia no tuvo en cuenta que se tenía que aplicar la agravante de que los hechos se desarrollaron en el domicilio familiar.

Esta situación se produce después de que el Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén haya dictado una sentencia en la que condena a una madre a 45 días de prisión y le prohibía acercarse a su hijo durante más de un año por un delito de malos tratos, después de que le diera al menor un bofetón y le agarrara del cuello tras una pelea que se inició cuando ella le reprendió por no haber hecho los deberes del colegio. El pasado jueves se hizo público que el Ministerio Fiscal recurriría la sentencia teniendo en cuenta el agravante antes citado y que incrementará la pena de 45 días de prisión más el año y 45 días de alejamiento a 67 días de cárcel, manteniéndose la prohibición de acercamiento con la salvedad de sumarle 22 jornadas más.

Fuentes judiciales aseguraron que tanto el Ministerio Público como el Juzgado de lo Penal de Jaén incidieron en que las medidas de alejamiento se aplican de forma obligatoria en este tipo de casos. En su fundamentación, la magistrada establecía que el debate se centraba en si la actuación de la madre queda justificada por la desobediencia del menor y si tiene cabaida en el derecho de corrección de los padres.

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