NO una sino dos sentencias de las más altas magistraturas autonómica y nacional han venido a cuestionar la fórmula en que la Junta de Andalucía concreta su política de concertación social. El Tribunal Supremo (TS) ha emitido en noviembre dos sentencias rechazando los recursos de casación de la Administración regional contra sendas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). El TSJA, y ahora el TS, han dado la razón al sindicato CSIF, que agrupa a buen número de funcionarios y empleados públicos, en su denuncia de haber sido discriminado en el reparto de ayudas para cursos de formación de sus afiliados. En efecto, el Gobierno andaluz ha venido realizando la distribución de estas subvenciones sólo entre las dos grandes centrales sindicales y la organización de los empresarios de Andalucía, precisamente los firmantes de los acuerdos de concertación y paz social que se han sucedido desde 1993 (en julio de 1995, por ejemplo, el Consejo de Gobierno acordó conceder 12,5 millones de euros, por separado, a UGT, CCOO y CEA. El Supremo es rotundo en su argumentación: se produce una especie de círculo vicioso, ya que se excluye de las subvenciones para formación a CSIF por ser menos representativo que los otros dos sindicatos, pero al carecer de subvenciones no consigue aumentar su representatividad. Círculo vicioso "no tolerable desde una óptica de legalidad constitucional", llegó a determinar en su día el TSJ de Andalucía. No lo entiende así el consejero de Economía, Antonio Ávila, quien ha asegurado, en vísperas de un nuevo acuerdo de concertación, que el modelo no está en cuestión e insistido en el criterio de la mayor representatividad. Más flexible se ha manifestado el vicepresidente de la Junta, Diego Valderas, partidario de "abrirse más" en las subvenciones sindicales. Su postura debe ser asumida por el conjunto del Gobierno autonómico, aunque sólo fuera por las sentencias que estamos comentando, que exigen en el fondo una rectificación de las prácticas tradicionales. Desoír o desobedecer las decisiones de los tribunales no es propio de la autonomía andaluza. Ni de ninguna institución democrática que se precie.

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