La tribuna

Luis Felipe Ragel

Libertad de expresión

Estos términos se vienen utilizando repetidamente en los últimos tiempos y nos da la impresión de que el asunto que se defiende se ennoblece y ganará inmediatamente el apoyo del gran público cuando se sepa conectar hábilmente con el ejercicio de la libertad de expresión. Así, por ejemplo, el mes pasado se ha denunciado que la decisión del Consejo Audiovisual de Cataluña de conceder a unos determinados empresarios unas licencias de radiodifusión, en detrimento de la Cope y otros medios de comunicación, viene a impedir el ejercicio de la libertad de expresión de los titulares de las cadenas que no han obtenido licencias en el concurso público celebrado al efecto.

No creemos que se lesione la libertad de expresión en ese supuesto, como tampoco se vulnera la libertad de cátedra cuando la comisión competente deniega a un profesor universitario la acreditación como catedrático de Universidad. Es posible que la decisión se haya tomado con arbitrariedad y vulneración de los criterios legalmente establecidos, en cuyo caso hay que confiar en que los tribunales de justicia sean capaces de adoptar las medidas pertinentes para reponer a los perjudicados en la situación que corresponda, aunque ello suponga descontentar a los poderes públicos que han adoptado y apoyado la decisión que se combate.

La libertad de expresión consiste básicamente en el derecho que tienen todas las personas a exponer abiertamente sus opiniones y juicios de valor. Escribía Voltaire que "es de derecho natural utilizar la pluma, como también lo es utilizar la lengua".

Y eso es lo que ha hecho la Reina hace pocas semanas, en un libro escrito por Pilar Urbano, al expresar sus opiniones sobre temas tan debatidos y candentes como el matrimonio entre homosexuales, la eutanasia o la ampliación de los supuestos en que se permite el aborto.

No hay que olvidar que se trata de materias cuya constitucionalidad ya está puesta en duda o previsiblemente se pondrá en cuestión cuando próximamente se promulguen las leyes que las regulen. Será el Tribunal Constitucional quien decida finalmente si el matrimonio entre homosexuales es una figura que vulnera o no la Constitución. Cabe la posibilidad de que se decante en una línea similar a la sostiene la Reina, aunque lo más probable es que opte por la respuesta negativa y trate de darle la vuelta a la interpretación más lógica, argumentando que el artículo 32 de la Constitución, al conceder al hombre y a la mujer el derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica, no está contemplando en realidad una situación de disparidad de sexos en plano de igualdad -que es el verdadero cometido de este precepto-, sino el derecho de todo individuo a vincularse afectivamente con otro mediante una institución reconocida universalmente.

El ejercicio de la libertad de expresión tiene sus riesgos, ya que lo que se manifiesta libremente puede encontrar expresiones y medidas contrarias y libres por parte de los que no piensan de la misma manera. Boris Pasternak, el inolvidable autor de El doctor Jivago, advertía que "la palabra es de plata y el silencio de oro". Cuando nos callamos, evitamos las reacciones adversas que nuestras palabras pueden provocar.

Pero la novedad del caso de la Reina radica en que algunas críticas no han consistido en refutar sus opiniones, sino en negar que pudiera formularlas. Así, Fernando Savater ha rechazado que la Reina, en ciertos asuntos, tenga libertad de expresión y, para explicarse mejor, ilustra su pensamiento indicando que los altos cargos del Ministerio de Hacienda no pueden comentar sus privilegiadas informaciones con los amigos más íntimos.

Por desgracia, este afamado filósofo no se ha percatado de que el ejemplo que ofrece es un claro supuesto de vulneración del secreto profesional, uno de los límites legales de la libertad de expresión. Éste no es un derecho absoluto, pues tiene su límite en el respeto a los derechos fundamentales de los demás y en los preceptos de las leyes que los desarrollen. Al expresarnos libremente, podemos lesionar injustamente los derechos de los demás y por eso declara con frecuencia el Tribunal Constitucional que la Constitución no reconoce el derecho al insulto.

Si hace treinta años, cuando se elaboró nuestra Carta Magna, se consideró unánimemente que la libertad de expresión era uno de los más importantes derechos fundamentales y, por lo tanto, bueno para todos, también debe serlo para la Reina, que no ha insultado a nadie ni ha revelado ningún secreto profesional al manifestar libremente lo que pensaba y ejercer el saludable derecho de oponerse a lo que es políticamente correcto.

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