EL Tribunal Constitucional acaba de meter un rejón al concepto de igualdad de hombre y mujer, concepto que supuestamente es prioridad, no sólo del Gobierno, sino de toda la sociedad.

El TC ha determinado que es acorde a Constitución la ley que promueve penas más altas para el varón en los casos de violencia de género, decisión, por otra parte, que no debería sorprender a nadie porque este TC baila el agua al Gobierno cosa fina, como se ha demostrado sobradamente en estos años y, sobre todo, cuando su presidenta aguantó a pie firme el chorreo público de Fernández de la Vega, sin que Maria Emilia Casas le respondiera como debía, recordando a la vicepresidenta que el TC es una institución independiente y con criterio propio. Pero no nos desviemos de la cuestión: el TC acaba de echar por tierra la igualdad entre hombre y mujer al decidir que si es un hombre el que maltrata, recibe un castigo, mientras que si es una mujer, el castigo es menor.

El dictamen ha tenido cinco votos particulares que, ya es casualidad, todos ellos son de miembros de la judicatura que forman parte del alto tribunal. Es decir, votos de jueces que conocen perfectamente las leyes y que por tanto se niegan a poner su rúbrica bajo un documento que recoge una decisión que es un puro disparate, aunque lo avale la mayoría de los miembros del Tribunal Constitucional.

Que todos somos iguales ante la ley es algo que se repite hasta la saciedad. Sorprendió, por tanto, que la Ley de Violencia de Género que aprobó el Gobierno en la anterior legislatura utilizara distinta vara de medir en función de que el maltratador fuera hombre o mujer. Un sumiso TC ha dado luz verde al texto gubernamental.

Las leyes y los códigos no hacen distingos entre hombre y mujer. Eso sí, aceptan atenuantes y agravantes. Lo lógico en este caso sería que la ley actuara de la misma manera ante quien comparece ante un tribunal, hombre o mujer, pero en el caso de que el hombre ejerciera el maltrato haciendo uso de una mayor fuerza física, de una dependencia económica o del chantaje emocional tan habitual en la persona aparentemente más sólida de la pareja, el tribunal sumara años a la condena por esa situación de superioridad y de dependencia. Pero no por ser hombre.

Con esa regla de tres de que la ley ya no iguala a los ciudadanos, nos encontramos con que podría considerarse que es distinto el grado de culpabilidad de un negro que de un blanco, de un inmigrante que de un ciudadano español o de una persona madura y un joven. Por cierto: en el caso de las parejas o matrimonios homosexuales ¿con qué criterio actuarán los tribunales? ¿A quién corresponde determinar cual es el miembro de la pareja o matrimonio que representa el papel del hombre, sabiendo que la pena es mayor para él?

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