En los (bastante) lejanos tiempos en los que estudiaba la carrera de Derecho, entre las normas que el Código Civil dedicaba a regular las relaciones paterno-filiales había una que se limitaba a expresar lo que el más elemental de los sentidos comunes parece dictar: que los padres podían corregir razonable y moderadamente a sus hijos -yo habría añadido que no sólo pueden, sino que deben-. Sólo una mente tirando a retorcida podía deducir de ello que los padres quedaban autorizados por la ley a agredir a sus hijos y a dispensarles cualquier tipo de violencia como castigo. Aunque parezca difícil de creer, nuestro legislador en el año 2007 consideró tal cosa, eliminó esa norma y limitó la acción paterna a la posibilidad de recabar el auxilio de la autoridad. Parece broma, pero es así.

Con ocasión de la lectura de una sensata sentencia que absuelve a una madre que dio una bofetada a su hijo dediqué un rato a bucear en aquella reforma y descubrí con verdadero asombro que un denominado Comité de los Derechos del Niño -vaya usted a saber qué es eso- consideraba que la razonable y moderada corrección podía infringir la Convención de los derechos del niño y en particular un artículo que viene a decir que los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual. Sorprendente conclusión, rechazada por la inmensa mayoría de jueces de menores.

Por supuesto estoy en contra de cualquier forma de violencia, más contra un menor y mucho más la ejercida por un padre o una madre. Pero la corrección razonable y moderada no es violencia, sino la conducta lógica y exigible a quien tiene la responsabilidad de educar y formar como persona a otro. Habrá quien considere antiguo y desfasado reivindicar la familia como pilar esencial de la sociedad y el papel de los padres, que no puede ser sustituido por el Estado. Allá ellos. A los padres corresponde formar a sus hijos en valores, educarlos y hacer de ellos personas decentes y respetuosas con el prójimo. Sin duda la mejor de las formas de conseguirlo es el siempre difícil camino del ejemplo, pero no tengo duda de que a un padre o una madre les corresponde en determinados momentos el papel de y corregir las malas conductas, razonable y moderadamente, por supuesto, lo diga el Código Civil o no.

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