Córdoba CF

El Fondo Sur como única voz autorizada

  • La entidad prohibe bombos, tifos o tambores en todo el estadio salvo en la recién creada Grada de Animación

A objeto de "establecer un conjunto de medidas" para "prevenir, evitar y corregir actuaciones de carácter intolelante y discriminatorio, así como determinar las condiciones generales de acceso y permanencia en las instalaciones" en los eventos del Córdoba, el club ha lanzado un reglamento de régimen interno que ya puede verse en su página web. Un documento para abonados, trabajadores, espectadores y aficionados que ya ha levantado una agria polémica.

Porque en su capítulo 1 (Acceso), en el Artículo 2 (Condiciones de acceso al recinto), recoge en su punto F la prohibición de "elementos de animación (banderas de grandes dimensiones, tifos, pancartas, bombos, tambores, megáfonos, megafonías...) a ningún lugar del estadio, excepto a la grada de animación y la zona visitante". Todo, "previa autorización por parte del Coordinador de Seguridad del Estadio y del Departamento de Seguridad del club".

Esta medida pone en riesgo la zona de animación que durante las últimas temporadas ha liderado Incondicionales en el Fondo Norte de El Arcángel. Hay que recordar que este colectivo ha manifestado su rechazo a pertenecera a la Grada de Animación que quedará ubicada en el sector 7 de Fondo Sur Bajo, y en la que sí estará Brigadas Blanquiverdes.

Además, el reglamento incluye en su capítulo referido al Ámbito de aplicación, infracciones y sanciones los actos considerados muy graves (entre ellos la creacción o promoción, mediante declaraciones, manifestaciones públicas o de cualquiera otra forma ( incluidas redes sociales), de un clima favorable a la realización de agresiones o actos violentos, aunque se hayan producido con anterioridad o posterioridad a la celebración de los acontecimientos o fuera de los recintos deportivos), graves, leves o de grupos y peñas. Así, las sanciones van desde los cinco años a un mes de prohibición de acceso y la pérdida de condición de abonado ese tiempo, según dictamine el Comité de Disciplina Social.

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