Córdoba

La nueva inspección de edificios deja fuera a las viviendas unifamiliares

  • Incluye a los BIC y a viviendas con subvención o que estén en un programa de actuación local

El borrador de la ordenanza para la conservación, rehabilitación y evaluación del estado de las edificaciones, que se presentó ayer en el consejo rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU), contiene algunas novedades que tienen que ver sobre todo con la delimitación de los inmuebles que tienen que someterse a la evaluación y a los tiempos para cumplir con este trámite. Así, el documento deja fuera en principio a las viviendas unifamiliares, siempre y cuando no hayan recibido alguna subvención municipal o estén incluidas en programas de actuación. El borrador establece de hecho cuatros grandes áreas que estarían sometidas a la inspección. Por un lado, las edificaciones declaradas Bienes de Interés Cultural (BIC) y sus entornos, según se establece en la legislación del patrimonio. En la segunda área se incluyen las viviendas residenciales plurifamiliares con más de 50 años, de manera que en este apartado se excluye a las casas donde vive una sola familia. Sin embargo, hay un tercer apartado para edificaciones que soliciten subvenciones municipales y un cuarto para las que se incluyan en programas de actuación municipal -como el Plan Axerquía Norte, por ejemplo-, según se desprende del borrador de ordenanza.

En cuanto a los plazos también hay algunos cambios. Como ya se informó, todas las edificaciones del área BIC y plurifamiliares con más de 100 años al terminar este ejercicio tendrá hasta diciembre de 2019 para pasar la inspección. Las que, incluidas en esta categoría, tengan entre 75 y 100 años en 2019 cuenta como fecha límite hasta 2020. Las que cumplan entre 50 y 75 años en 2020 también tendrán otro ejercicio más y así hasta las que cumplan 50 años en 2022. No obstante, la inspección "se podrá presentar voluntariamente con anterioridad ala fecha en la que están obligados", según se establece en el borrador. La Gerencia también cuenta con otra figura, la de órdenes de ejecución. Se trata de la posibilidad de exigir la evaluación en los inmuebles que no estén incluidos en los ámbitos de actuación pero que tengan más de 50 años y la Gerencia haya detectado riesgos en su estado de conservación.

En cuanto a los requisitos que se van a exigir, se establece la certificación de eficiencia energética, así como una evaluación sobre el estado de conservación y, por último, unas condiciones "básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad". En estado apartado se apunta la figura de "ajustes razonables" para satisfacer estas exigencias. Sin embargo, no se aclara si estos ajustes son a través de la instalación de ascensores u otros dispositivos.

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