Córdoba

Los jueces conceden ya la custodia compartida en el 17,8% de los casos

  • En la mayoría de los casos es la madre la que asume la guarda de los hijos menores

Un grupo de padres lleva a sus hijos al colegio.

Un grupo de padres lleva a sus hijos al colegio. / el día

La custodia compartida ha sido hasta hace bien poco tiempo una figura casi desconocida y muy poco aplicada por los jueces que debían decidir el futuro de los hijos de las parejas que rompen sus matrimonios. Pero, poco a poco, comienza a ganar terreno esta opción, que permite una división igualitaria de la responsabilidad de la crianza de los menores de edad al cargo de padres divorciados. En el último año, los tribunales se han decantado por la custodia compartida en 260 casos de los 1.453 divorcios en los que había que determinar quién se acababa quedando con el cuidado de los pequeños.

Esta cifra, que supone un 17,8% del total, indica que la custodia compartida sigue sin ser mayoritaria, pero también que ha experimentado un avance sin precedentes en los últimos años. No hay que irse muy atrás en el tiempo para comprobarlo: en el año 2013, los jueces apenas determinaron la custodia compartida para los dos cónyuges en 60 de los 1.449 casos que se debatieron en los tribunales, lo que representa únicamente un 4,1% del total. En los tres últimos ejercicios, por tanto, los casos de custodia compartida han experimentado un crecimiento del 13,7%.

Con todo, siguen sin ser la opción principal en los casos de divorcio. Bien porque los padres no lo soliciten, bien porque los jueces no lo consideren acertado, la custodia compartida es una realidad minoritaria. Lo más común es que la custodia se otorgue a la madre, tal y como ha sucedido en 565 casos de divorcio registrados en 2016. Además, los tribunales decretaron la custodia por parte del padre en 37 casos, que apenas representan un 2,5% de los divorcios con hijos menores.

Muy relacionado con la custodia está el cónyuge al que le corresponde pagar la pensión alimenticia. Aunque en 540 de los casos de divorcio registrados no procedía este tipo de pago, los tribunales sí la han concedido en otros 912 divorcios. El padre es el que más habitualmente tiene que asumir el pago de la pensión alimenticia para los hijos o la pareja, con 782 casos, un 85,7% del total de los registrados en Córdoba. En el caso de la madre, los tribunales decretaron que se hiciera cargo de este pago en 65 casos; a los que se suman otros 65 divorcios en los que el juez ha determinado que ambos excónyuges se hagan cargo del pago.

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