Córdoba

El juez condena a un año de cárcel a un parcelista pero le exime del derribo

  • La sentencia recuerda que la administración también puede acordar la demolición

J. C. G. M., un parcelista de Lucena, se librará por el momento de derribar un chalé ilegal que empezó a construir en enero de 2005 a pesar de que el juez lo condena por un delito contra la ordenación del territorio y desobediencia. El Juzgado de lo Penal número 2 considera probado que el individuo se empeñó en levantar una vivienda en un terreno de su propiedad en el camino de Sueros, en Lucena, a pesar de la insistencia de la Gerencia de Urbanismo para que los trabajos cesaran, pero no acepta la propuesta de demolición de la Fiscalía debido a que el suelo sobre el que se levantó la casa no era de especial protección. El juez, no obstante, señala que esto "no significa que, en el marco administrativo, no pueda acordarse la misma sanción", es decir, recuerda que la demolición puede ser acordada por el Ayuntamiento.

La resolución apunta que, el 31 de enero de 2005, la Gerencia de Lucena dictó un decreto para suspender la obra y, días más tarde, los técnicos municipales precintaron el chalé. Los propietarios, sin embargo, eliminaron "inmediatamente" el precinto policial y las obras siguieron. El tira y afloja entre el procesado y el Ayuntamiento de Lucena continuó, con numerosos apercibimientos y precintos y otros tantos actos de desobediencia. La sentencia recuerda que, en la actualidad, la construcción se encuentra "prácticamente terminada", sólo a falta de "algunos retoques". La edificación se encuentra a una "distancia considerable" de otras edificaciones, a medio kilómetro del núcleo urbano y a escasos 200 metros de una zona de equipamientos rurales.

A pesar de que los magistrados de la Audiencia Provincial acordaron en un plenillo reciente endurecer las condenas contra los parcelistas, las órdenes de derribo llegan con cuentagotas. Sólo los juzgados de lo Penal 1 y 4 han acordado hasta el momento la demolición de viviendas, aunque sólo una sentencia -que afectó a cinco chalés enclavados en plena sierra de Obejo- se ha ejecutado hasta el momento. En cuanto a la reciente resolución que ordena el derribo de un chalé construido sin papales junto al yacimiento arqueológico de Medina Azahara, ha sido recurrida por los procesados ante la Audiencia Provincial. En el caso de Lucena, la Fiscalía Provincial de Córdoba ya ha anunciado que recurrirá la sentencia ante el máximo órgano judicial de la provincia debido a que el juez ha rechazado la propuesta de derribar el chalé.

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