Córdoba

Los aspirantes a dirigir un colegio podrán presentar sus candidaturas en varios centros

  • Habrán de superar un curso de formación en dirección

  • Las comunidades educativas tendrán mayor participación en la elección

Una maestra imparte clases en un colegio público.

Una maestra imparte clases en un colegio público. / EL DÍA

Quienes aspiren a dirigir un colegio, instituto o conservatorio podrán presentar sus candidaturas en varios centros educativos, siempre que cumplan varios requisitos, entre ellos, haber superado un curso de formación en dirección. Se trata de una de las principales novedades del nuevo decreto que regula la elección de esto cargos en Andalucía y que aprobó el pasado martes el Consejo del Gobierno de la Junta de Andalucía. La normativa también otorga mayor participación a la comunidad educativa de los centros educativos en este proceso de selección y elección de sus directores.

La aprobación del citado decreto llega tras meses de críticas de los sindicatos del sector de enseñanza y también de los de inspectores por el retraso del Ejecutivo autonómico en adaptar la normativa que regula dicho proceso a la Lomce. Esta demora había provocado que fuera la Delegación Territorial de Educación la que designara "a dedo" a los directores. En este punto, el portavoz del Gobierno andaluz, Juan Carlos Blanco, ya explicó durante su comparecencia que a la hora de elaborar el decreto "se ha seguido al dictado la ley, tanto en la naturaleza de decisión general de los requisitos como en la resolución para nombrar directores".

El decreto permite a los directores en funciones cobrar la retribución específica

Una de las principales novedades que aporta la nueva normativa aprobada por la Junta es la posibilidad que se le otorga a un docente para presentar su candidatura a director en varios centros. Para ello, el aspirante a ser director habrá de cumplir varios requisitos básicos: acreditar que se ha superado un curso de formación o actualización sobre la función directiva, tener cinco años de antigüedad como funcionario docente, haber impartido durante un lustro una asignatura en los centros a los que se aspira dirigir y presentar un proyecto de centro encaminado a la gestión de la organización, la participación de las familias y la mejora de la calidad y la "equidad" de la educación. Este proyecto aporta la mitad de los puntos que otorga la valoración de la candidatura de cada persona. La candidatura al puesto ha de ser presentada ante la comisión de selección, el claustro de profesorado y también ante el consejo escolar del centro educativo.

Otra de las novedades del decreto de Educación concierne al grado de participación de la comunidad educativa en el proceso de selección de candidaturas a la dirección, ya que la comisión creada al efecto en cada colegio de Primaria, instituto de Secundaria o conservatorio deberá estar integrada por cinco miembros de la administración educativa y cuatro del centro correspondiente.

El periodo de dirección dura cuatro años, aunque podrá renovarse por otro año más. Al final de cada mandato los responsables de cada centro serán evaluados por una comisión que constituirá la Delegación de Educación. Este órgano valorará, principalmente, el grado de cumplimiento del plan de centro.

El decreto mantiene para este cargo la retribución diferenciada "en consideración a la responsabilidad y dedicación exigidas". Los directores en funciones, así como los que sean nombrados con carácter extraordinario por un año, podrán recibir también este complemento.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios