Córdoba

El TSJA tumba una ordenanza que cobra de forma "ilegal" una tasa a las telefónicas

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido una sentencia a través de la cual obliga al Ayuntamiento a retirar parte de una ordenanza fiscal por considerarla "contraria al derecho europeo" y que se basaba en cobrar a operadoras de telefonía secundarias por la ocupación de espacio público y por la cual ya pagaba la empresa primera (concretamente Telefónica). En este caso, la ordenanza referida es la 402 en sus apartados 2.1 y 4.1 y se emite a raíz de una denuncia interpuesta por Orange, empresa a la que el Ayuntamiento cobró unos 10.000 euros basándose en esta tasa. El Juzgado de lo Contencioso-Administración número 1 de Córdoba ya dio la razón a Orange, razón por la cual el Ayuntamiento tuvo que devolver esos casi 10.000 euros. Pero ahora el TSJA va más allá y exige al Consistorio que elimine dos puntos de la ordenanza porque "a los operadores no titulares de las redes instaladas en el dominio público no se les puede gravar con la tasa impugnada".

A todo ello se añade que dicha tasa sólo sería "exigible" a los titulares de las redes, "pero no a otros operadores que las utilicen" y se remite a una sentencia similar del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de julio del año 2012.

La citada tasa, la 402, lleva por nombre Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, andamios, puntales, asnillas y otras instalaciones análogas y ha sido incluida dentro de las ordenanzas municipales este mismo año.

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