Córdoba

Salud impone 66 sanciones durante el tercer año de la Ley Antitabaco

  • La Delegación advierte de una tendencia a fumar en los trenes de Alta Velocidad, lo que ha provocado que se cree un protocolo de actuación · Córdoba capital registra el 58% de los expedientes abiertos

Tres años después de que el Gobierno decidiera apagar los cigarrillos en los centros públicos, los lugares de trabajo y limitar el tabaquismo en la hostelería, todavía hay fumadores que son incapaces de controlar su adicción. Prueba de ello es que la Delegación de Salud tramitó 66 denuncias en toda la provincia desde el pasado mes de enero, un nivel similar al de los otros dos años. Y, lo que parece más llamativo, algunas de ellas sancionan consumos que parecían desaparecidos, como fumar en el transporte público.

El jefe del servicio de Salud Pública de la Delegación de Salud, Francisco Antón, informó que su departamento ha tramitado este año un total de siete denuncias contra usuarios de trenes de Alta Velocidad (AVE) por fumar a bordo de los vagones. "Se trata de una situación muy curiosa -dijo Antón-, porque desde que entró en vigor la Ley Antitabaco no se había registrado ningún caso". Hasta tal punto ha llegado la situación que su servicio se coordinó con el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para establecer un protocolo común de actuación. La solución es que si un interventor sorprende a un usuario con un pitillo y el viajero se niega a enmendar su actitud, el revisor pone los hechos en conocimiento de la Junta de Andalucía, la encargada de establecer la sanción.

Del total de casos registrados, 28 fueron consecuencia de la intervención de cuerpos policiales -tanto agentes locales como de las fuerzas estatales. El 58% de los casos, además, se registraron en Córdoba capital y el resto, en numerosos municipios: Lucena, Priego de Córdoba, Peñarroya-Pueblonuevo, Montilla, Monturque o Pozoblanco no escaparon a los malos hábitos, según los datos facilitados por Salud.

La mayor parte de las sanciones, por otra parte, se dirige contra empresas, y sólo algunos particulares -como en el caso de los trenes- son apercibidos. En el primer caso, la infracción más habitual suele estar motivada por negligencias con las máquinas expendedoras de cajetillas -carecen de control remoto, se permite la venta a menores o no están debidamente señaladas-, mientras que las multas a particulares siempre son por fumar en lugares no habilitados.

Tampoco hay que pensar -advirtió el responsable de Salud- que la mano sancionadora cae siempre sobre los locales de hostelería, ya que en "muy pocas ocasiones" los bares y los restaurantes transgreden la normativa reguladora. El mapa de los malos humos llega a inmobiliarias, quioscos o casetas de feria, enumeró Antón, quien reclamó "más conciencia" a los fumadores. Donde sí se está aplicando con rigidez la ley es en los lugares de trabajo. La Delegación de Salud, de hecho, dispone de un experto en formación al que pueden recurrir las empresas para incluir planes de deshabituación entre sus trabajadores.

La Ley de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y Reguladora de la Venta, el Suministro, el Consumo y la Publicidad de los Productos del Tabaco, de la que ahora se cumplen tres años, consta de cinco capítulos y 23 artículos. El cuarto regula la venta y el suministro a través de las máquinas expendedoras que, según la norma, sólo pueden ubicarse en el interior de hoteles, salas de fiesta y bares de más de cien metros cuadrados donde hay zonas para fumar, y en aquellos restaurante inferiores a estas dimensioens donde se permite el tabaco. Este apartado de la ley es, según Salud, el que más infracciones registra.

Las sanciones leves -la mayoría- llevan aparejadas multas de hasta 600 euros, las graves van de 601 a 10.000 euros y las muy graves de 10.001 a 600.000 euros. La cuantía se decide en virtud de la economía del infractor, del riesgo para la salud, de la repercusión social de su infracción, de su constancia o de la existencia de negligencias anteriores, detalló Salud.

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