Tribunales

Condenado a 20 años el acusado de violar a su sobrina

  • El Tribunal Supremo anuló una condena previa al acusado de 22 años

Imagen de la Audiencia Provincial.

Imagen de la Audiencia Provincial. / El Día

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a penas de 20 años y seis meses de cárcel al hombre juzgado recientemente en la Audiencia, que ya lo condenó a 22 años de cárcel por la supuesta comisión de un delito de agresión sexual y otro de abusos sexuales, presuntamente sobre su sobrina, con 14 años de edad en el momento de los hechos entre 2009 y 2010, en la localidad cordobesa de Peñarroya-Pueblonuevo, pero que el Tribunal Supremo (TS) anuló dicha sentencia.

Según se recoge en la nueva sentencia de la Audiencia, los magistrados condenan al varón a siete años de prisión y una orden de alejamiento de la menor durante 13 años por la supuesta comisión de un delito de abuso sexual, con la atenuante de dilaciones indebidas, y a 13 años y seis meses de cárcel y una orden de alejamiento durante 19 años como presunto autor de un delito de agresión sexual, con prevalimiento familiar y la atenuante de dilaciones indebidas.

De igual modo, el tribual absuelve al procesado de un primero delito de agresión sexual y del delito de exhibición de material pornográfico por los que estuvo acusado por la acusación particular. Sin embargo, le impone el pago de una indemnización de 12.000 euros a la joven por "los daños y perjuicios causados con los dos delitos sufridos".

En concreto, se da por probado que el acusado, de unos 70 años, se presentó un día de 2009 en la casa habitada por la familia de la menor, donde ella se encontraba sola y él supuestamente abusó de ella, que se quedó "en estado de total bloqueo psicológico".

Otro día de 2010 y al salir de clases particulares, la menor se encontró en la calle con el procesado, quien iba en coche y presuntamente la animó "con insistencia" a montarse para llevarla a la casa de aquella. La menor accedió, si bien él condujo el vehículo en dirección a su propia casa, donde supuestamente abusó de ella, aunque reaccionó "con patadas, empujones y arañazos, lo que hizo desistir a aquel".

No obstante, ya en el salón de la casa, el hombre presuntamente trató de reproducir en la televisión una película pornográfica, pero, "ante la insistencia de la menor, abrió la puerta y ésta se marchó, no sin antes advertirle su tío que le dejaba la llave de la casa para que la utilizara junto a sus amigos", entre otros aspectos que apuntan los jueces.

Cabe destacar que el Alto Tribunal estimó el recurso de casación interpuesto por la defensa, de manera que declaró la nulidad de la primera sentencia de la Audiencia y ordenó la repetición del juicio -que tuvo lugar en mayo del año pasado- con diferentes magistrados, al entender que "se vulneró el derecho al juez imparcial, en su vertiente objetiva".

Al respecto, el tribunal revocó el auto de procesamiento realizado por el Juzgado de Instrucción de Peñarroya-Pueblonuevo, con el objetivo de que se realizaran nuevas indagaciones y, en su caso, que se ampliasen las acusaciones contra el hombre que se sentó en el banquillo.

En este caso, el Supremo entendía que había dos autos de los que solo se acepta uno como elemento legal para volver a realizar el juicio, después de que la Audiencia decidió devolver el sumario al instructor para que ampliara el procesamiento contra el acusado, tras conocerse que la menor había declarado que su presunto agresor le había puesto una película pornográfica.

Cabe destacar que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial condenó al hombre a la pena de 13 años y seis meses de prisión, por la supuesta comisión de un delito de agresión sexual, y a ocho años y seis meses de cárcel, por un delito de abusos sexuales.

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