Córdoba

Absueltos unos padres juzgados por las faltas de su hija al colegio

  • La sentencia destaca que los procesados se sintieron "totalmente desbordados" debido a que perdieron su "control" y "autoridad" sobre la menor, de 17 años

El Juzgado de lo Penal número 3 ha absuelto a un matrimonio de Villa del Río -D. J. M. y J. G. A.- para quien la Fiscalía de la Audiencia Provincial solicitaba ocho meses de prisión por las reiteradas faltas de su hija a clase. La sentencia considera probado que, aunque son muy numerosas las jornadas en las que la menor no fue al colegio, no se puede concluir que los acusados "estuviesen despreocupados de la situación de su hija". De hecho, la madre -destaca la resolución- asistió a dos reuniones concertadas por la Unidad de Trabajo Social del Ayuntamiento y recibió en su domicilio a varios agentes de la Policía Autonómica, sin que la actitud de la adolescente cambiara.

La sentencia considera probado que la muchacha asistió "con regularidad" al colegio durante la fase de Primaria, pero al pasar al ciclo de Educación Secundaria "comenzó a dejar de asistir de manera injustificada". Durante 2003-2004, el centro contabilizó 113 faltas; al curso siguiente, la niña se ausentó 164 jornadas lectivas y, al año siguiente, ni siquiera formalizó la matrícula. Frente a esta situación, la dirección del centro activó el protocolo por absentismo escolar, aunque -según el fallo judicial- no consta que se citase a los acusados para asistir a una reunión.

En una entrevista posterior -reproduce la sentencia- la Policía Autonómica pudo corroborar que la niña no iba al instituto porque "no quería", pese a que los procesados "le recriminaban su conducta e incluso la castigaban". Los padres, en suma, "no fueron capaces de imponer su autoridad", sino que se sintieron "totalmente desbordados" por la situación. La sentencia excusa al padre, además, porque debido a la "difícil situación económica, con cinco hijas", tenía que pasar el día trabajando, desde la mañana hasta las 20.00. En cuanto a la madre, "se levantaba para que fuese al centro educativo" y, como la hija se negaba, le recriminaba su conducta e "incluso la castigaba". J. G. A., finalmente, se dio "por vencida" al haber perdido "su control y autoridad sobre la menor". Las riñas del padre por la noche se saldaron, igualmente, "con nulo éxito".

La Fiscalía acusaba a los padres de un supuesto delito de abandono de familia, pero el Juzgado de lo Penal número 3 no le da la razón. La sentencia concluye: "No se puede predicar de los acusados que estuviesen despreocupados de la situación de su hija, pues consta que la madre asistió a dos reuniones concertadas desde la Unidad de Trabajo Social y recibió en su domicilio a los funcionarios de la Unidad de la Policía Autonómica". Además, lejos de culpar a los padres, el juez da un tirón de orejas a la dirección del centro educativo, pues entiende que "no se hizo lo suficiente para tratar de salvar el absentismo de su alumna". El letrado de la defensa, José Jesús Albert, mostró ayer su "satisfacción" por la resolución, que todavía puede ser recurrida ante la Audiencia.

La Fiscalía de la Audiencia Provincial, hasta el momento, ha sentado en el banquillo de los acusados a tres matrimonios por supuestos delitos de abandono de familia. Dos de los casos han terminado en absoluciones; en el tercer asunto juzgado, los progenitores reconocieron su error durante la vista oral y aceptaron así parte de la pena propuesta por el Ministerio Público.

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