Cultura

La Córdoba municipal del siglo XV

  • Un libro reúne una serie de ordenanzas promulgadas en la ciudad a finales de la Edad Media

La Sociedad Española de Estudios Medievales (SEEM), el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y la Universidad de Córdoba (UCO) publican El libro primero de ordenanzas del concejo de Córdoba. Edición y estudio crítico, poniendo al alcance del interesado (se puede descargar en la web de la primera institución citada) la más antigua codificación de las normas municipales cordobesas, de 1435. Una obra fundamental para conocer "cómo eran la sociedad y la economía" de la Córdoba de la época "y de la corona de Castilla", en palabras del vicepresidente de la SEEM, Francisco García Fitz.

El cobro de impuestos, la protección del olivar, el cuidado de los caminos, la caza de conejos, la construcción de chozas y cabañas, la procesión del Corpus Christi, la regulación de profesiones liberales son algunos de los temas de estas ordenanzas que se presentan agrupadas por motivos (corporaciones de oficios, de carácter institucional y urbanístico y de temática agropecuaria), explicó Manuel González Jiménez, catedrático emérito de la Universidad de Sevilla y responsable de la edición junto a Ricardo Córdoba de la Llave, Javier López Rider, Teresa Criado Vega y Antonio Mª Claret García Martínez.

"Entre las joyas documentales del Archivo Municipal de Córdoba", explicó el especialista, "se encuentra un voluminoso manuscrito que recoge una serie de ordenanzas de distinta fecha por las que se regía la ciudad a finales del siglo XV". Una referencia "fundamental para la historia institucional y económica de la ciudad". El profesor se interesó por este material en los años 70 y llegó a transcribir la mayor parte: "Hubo capítulos que no transcribí entonces como las pragmáticas, o disposiciones generales del reino, dictadas por los Reyes Católicos, que, sin ser propiamente ordenanzas municipales, se incorporaron al manuscrito. Por su interés se publican ahora junto con las ordenanzas concejiles, lo mismo que un curioso manuscrito, atribuido a Alfonso X, del que se conservan copias en Toledo y Sevilla, en el que se recogen disposiciones relacionadas con la actividad de los alarifes o maestros de obras, lo mismo que un largo desarrollo de las normas alfonsíes, elaborado muy probablemente en el siglo XIV, como parece deducirse de su lenguaje, más arcaizante que las ordenanzas del siglo XV".

El contenido de las ordenanzas gremiales "está articulado en torno a tres grandes temas: los aspectos técnicos, referidos tanto al uso de las materias primas como a la regulación de operaciones productivas y la calidad de los objetos elaborados en cada sector; los comerciales, sobre las modalidades de venta de la producción artesanal o de adquisición y distribución de materia prima entre los artesanos; y los relativos a la organización del trabajo y de las corporaciones de maestros".

Una vez aprobadas, las ordenanzas solían ser publicadas por medio de pregones públicos, pronunciados en voz alta por los pregoneros del concejo en los lugares más frecuentados de la ciudad.

Esta obra abre una nueva serie de la SEEM dedicada a fuentes documentales, "que no tienen fácil salida" en otros ámbitos editoriales, explicó el vicepresidente de la institución.

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