Córdoba

El Ayuntamiento sigue adelante con su plan de servicios esenciales

  • La junta de gobierno local desestima el requirimiento de la Subdelegación

La junta de gobierno local del Ayuntamiento de Córdoba acordó ayer "desestimar el requerimiento de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba" para que el Consistorio anulase el acuerdo que adoptó el gobierno municipal el pasado mes de febrero sobre servicios públicos esenciales y sectores prioritarios. Además de rechazar ese requerimiento, la junta de gobierno local ratificó ese acuerdo que adoptó el pasado 12 de febrero de declaración de servicios públicos esenciales y sectores prioritarios.

En febrero, el Ayuntamiento culminó todos los pasos para poder contratar a personal de manera temporal, dentro de los márgenes permitidos por la ley de administraciones locales, después de que la junta de gobierno local aprobara los servicios esenciales y prioritarios en los que se podrá recurrir a interinos para reforzarlos. Se delimitaron 12 servicios esenciales y otros 35 prioritarios. En cuanto a los esenciales se incluyeron alumbrado, transporte, cementerio, bomberos, Servicios Sociales, instalaciones deportivas, recogida de basura y limpieza, parques y medio ambiente urbano. Precisamente en este grupo se enmarcaron los departamentos donde los sindicatos habían puesto el foco sobre la necesidad "urgente e inaplazable" de puestos, como es el caso de Infraestructuras o el propio Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (SEIS). En cuanto a los prioritarios, el gobierno municipal incluyó prácticamente a todos los servicios. Desde Juventud a educación e infancia, Promoción de la Ciudad, el Festival de los Patios, Educación, Mercados, Salud y Consumo, Cultura, Turismo, Movilidad, Gestión, Disciplina, inspecciones y licencias urbanísticas, el Archivo municipal y los museos, la Asesoría Jurídica, Recursos Humanos, Planificación y gestión económico financiera o Seguridad Ciudadana y Vía Públicas. También se tuvo en cuenta los departamentos más técnicos como el órgano de apoyo de la junta de gobierno local, la Secretaría general del Pleno, el Registro General, los servicios informáticos, contratación, Sanciones, Información y atención ciudadana o la Intervención.

La Subdelegación argumentó en su requerimiento que "las razones que determinan la no conformidad a Derecho del acuerdo municipal de declaración de servicios públicos esenciales y sectores prioritarios se basan en que el Ayuntamiento de Córdoba, en cuanto a corporación local, así como su junta de gobierno, carecen de competencia normativa para adoptar una disposición o declaración de carácter general para interpretar o desarrollar lo dispuesto en una norma con rango de ley estatal de índole presupuestario". Este argumento ha sido rechazado por el gobierno municipal apoyado en un informe jurídico en el que defiende que aunque, reconoce "efectivamente" que el Ayuntamiento carece de competencia normativa para adoptar una disposición o declaración de carácter general para interpretar o desarrollar lo dispuesto en una norma con rango de ley estatal, "a nuestro juicio, no es ese el planteamiento y contenido del acuerdo municipal, de 12 de febrero de 2016, cuya anulación se requiere". el informe en el que se apoya la junta de gobierno local incide en que "desde este enfoque, en cuanto a los servicios esenciales, el Ayuntamiento, con este acuerdo, no esta adoptando una disposición normativa de carácter general, sino que se limita a aplicar la normativa vigente, tanto la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado 2016, como la normativa autonómica andaluza y la normativa reguladora del régimen local".

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