Córdoba

El juzgado absuelve al exalcalde de Obejo acusado de dos delitos de prevaricación

  • La jueza considera que no queda acreditado que Luis Sánchez Marín (PP) actuara de forma ilegal

El juzgado de lo penal número cuatro de Córdoba ha absuelto al exalcalde de Obejo Luis Sánchez Marín (PP) de dos delitos de prevaricación, uno por impedir la constitución de la Entidad Local Autónoma (ELA) de Cerro Muriano y Estación de Obejo y otro por convertir en indefinido el contrato de un arquitecto del Ayuntamiento de la localidad, mientras fue alcalde desde 11 de junio de 2011 hasta dos años después.

Según explica la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, acerca del delito de supuesta ilegalidad en la contratación del trabajador no se observa el hecho delictivo. El documento expone que la parte acusatoria "no ha demostrado en modo alguno la arbitrariedad absoluta" del exregidor. Para la jueza que ha llevado el caso, para la contratación y el posterior paso a indefinido del convenio laboral se siguió un procedimiento "normal y usual en tal materia". Además, tampoco se aprecia interés alguno en que fuera ese trabajador y no otro el que prestara los servicios del puesto para el que se le contrató.

En el caso de la ELA de Cerro Muriano y la Estación de Obejo, la magistrada tampoco observa actuación irregular. Cabe recordar que el pleno del Ayuntamiento aprobó la constitución de dicha ELA con los votos a favor de la oposición y los votos en contra del PP, partido del alcalde. Por ello, el PP interpuso un recurso que más tarde se consideró irregularidad. Ahora, el juzgado determina que sí que tiene lugar y que no se acredita que la pretensión del por entonces regidor fuera la de paralizar la creación de la ELA que además habría que añadir, a día de hoy aún no se ha constituido. Además, también hay que decir que durante todo el tiempo que ha pasado desde que dejó de ser alcalde, 13 de junio de 2013, por el Ayuntamiento han pasado tres secretarios, y tan solo la primera de ellos elaboró un informe no vinculante sobre el recurso interpuesto por el PP para que más tarde nada se supiera de aquel asunto.

La misma sentencia recoge que "no basta la simple sospecha, la suposición ni menos aún la intuición del Juez". El juzgado no ha considerado que ninguna prueba haya demostrado los delitos por los que Sánchez Marín fue imputado. Por todo ello, la jueza ha absuelto al exalcalde popular, declarando de oficio las costas procesales que se hubieran causado.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios