Córdoba

La comisión del Senado rechaza anular las inmatriculaciones de la Iglesia ya realizadas

  • La nueva ley hipotecaria hará que la institución eclesiástica pierda sus privilegios

La Comisión de Justicia del Senado rechazó ayer que sean anuladas las inmatriculaciones que ya ha hecho la Iglesia Católica en el Registro de la Propiedad (inscripciones a su nombre por primera vez), como fue el caso de la Mezquita-Catedral, al tiempo que aprobó el proyecto de Ley que armoniza las propiedades inscritas con las catastrales. La comisión ha rechazado los dos vetos y las 146 enmiendas presentadas por los grupos de la oposición al proyecto de Ley de reforma de la Ley Hipotecaria y del catastro y sólo ha añadido dos enmiendas técnicas introducidas por el PP.

Desde el PSOE, el senador Arcadio Díaz Tejera criticó que se plantee una diferente regulación para la designación de registrador o de notario y lamentó que el registro de la propiedad prevalezca como órgano preeminente sobre el catastro. Por su parte, el senador del PP Jorge Ibarrondo afirmó que las inmatriculaciones de bienes de la Iglesia no pueden ser anuladas con carácter retroactivo porque sería inconstitucional. "Es un derecho individual atribuido por ley y no se pueden socavar derechos adquiridos con anterioridad", puntualizó.

La nueva ley de reforma hipotecaria, no obstante, hará que la Iglesia pierda en unos meses la facultad de que con una sola certificación, más lo que diga el catastro, pueda inscribir a su nombre por primera vez un bien.

De esta forma se elimina este privilegio, que data de 1946 y que permitía a la Iglesia inmatricular bienes tal como pueden hacer las administraciones públicas (Estado, CCAA y Ayuntamientos). Un ejemplo de la inmatriculación de bienes por parte de la institución eclesiástica ha sido la titularidad de la Mezquita-Catedral que se registró a su nombre en 2006 como Catedral.

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