Sucesos

El jurado declara a la niñera boliviana culpable de homicidio por imprudencia grave

  • En el proceso se ha probado que la inculpada se marchó a casa de una amiga sobre la 01:00, dejando solo al menor con parálisis cerebral a su cargo.

El tribunal popular encargado de enjuiciar a una niñera boliviana acusada de dejar solo durante casi 48 horas a un niño de ocho años con parálisis cerebral que falleció en su ausencia en Sevilla ha declarado este viernes a la procesada culpable de un delito de homicidio por imprudencia grave, al considerar que Irene C.C. sabía que el abandono podía provocar la muerte del menor a su cargo. 

La portavoz del tribunal popular ha explicado durante la lectura del veredicto que el jurado ha considerado probado por unanimidad que la acusada es "culpable" de provocar la muerte del pequeño al abandonarlo ya que "nada hizo por evitarlo", si bien el jurado entiende que la inculpada "no se planteó como probable" que muriera el pequeño, de manera que no la han considerado culpable de un delito de homicidio doloso sino por imprudencia grave.

Ante este veredicto, fuentes judiciales explicaron que el Ministerio Fiscal ha solicitado dos años de prisión para la acusada, mientras que la acusación particular -que anunció un posible recurso al estimar que el caso constituye un homicidio doloso- ha pedido cuatro años de cárcel. Por su parte, la defensa solicitó tres meses de cárcel teniendo en cuenta la existencia de circunstancias atenuantes.

Así las cosas, el jurado ha encontrado como hechos probados que los padres del pequeño de ocho años fallecido, quien no podía valerse por sí mismo, contrataron a la hoy procesada para el cumplimiento de tareas del hogar. Del mismo modo, ha estimado como probado por unanimidad que los padres organizaron un viaje a Ceuta a finales de agosto de 2006 y que dejaron a Irene C.C. al cuidado de su hijo.

En el relato de los hechos también han considerado probado que la inculpada se marchó a casa de una amiga sobre la 01:00 del 26 de agosto dejando solo al menor y que, posteriormente, estuvo hasta las 06:30 en una discoteca, donde entregó a un joven al que acababa de conocer las llaves del domicilio en el que trabajaba, perdiéndolo de vista al poco tiempo.

En esta línea argumental, el jurado considera que la joven acusada estuvo buscando al individuo al que entregó las llaves durante esa misma noche y los dos días posteriores, aunque no avisó a nadie de que el niño a su cargo estaba solo. Los padres llegaron a su casa en la tarde del lunes 28 de agosto y hallaron deshidratado a su hijo, quien falleció por no ingerir bebidas durante casi dos días. Para el jurado, la muerte no ocurrió "por infortunio o azar".

Del mismo modo, el jurado declaró probado por unanimidad que Irene, de quien han concluido que es una persona de escasa madurez y con poca iniciativa para tomar decisiones, sabía que era posible que el niño podía morir por el tiempo que estuvo solo. El tribunal popular entiende como no probado que la acusada actuara motivada sólo "por el miedo".

Finalmente, el jurado se ha mostrado disconforme ante una posible suspensión de la pena y ante una posible concesión de indulto.

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