Andalucía

Múgica censura la vuelta de menores inmigrantes sin informes detallados

  • El Defensor del Pueblo percibe una tendencia automática a la reunificación sin datos de la "capacidad material y afectiva" de cada familia · La ley implica asistencia jurídica gratuita

La situación de los inmigrantes que alcanzan las costas de manera ilegal persiste como tema de debate que vuelve a la actualidad por la incesante llegada de pateras. El lunes pasado, catorce inmigrantes desaparecieron cerca de Motril (Granada) y tres días después se conoció la tragedia de los ocupantes de una embarcación llegada al puerto de Almería cuya errática travesía se saldó con la muerte de catorce de sus ocupantes en alta mar, nueve de ellos niños, más otra mujer que perdió la vida instantes después del rescate.

Ante el especial dramatismo de la situación, el delegado del Gobierno en Andalucía, Juan José López Garzón, apuntó el pasado jueves que "habría que estudiar" las "posibles excepciones" a la norma general de repatriar a los inmigrantes irregulares. No obstante, la secretaria de Estado de Emigración e Inmigración, Consuelo Rumí, quiso zanjar ayer la polémica sobre la posible concesión de documentación a los 33 supervivientes y aclaró que "ni venir en patera ni haber sido objeto de un naufragio es una circunstancia excepcional contemplada en la ley".

Sobre la situación general de los menores inmigrantes, el Defensor del Pueblo Español, Enrique Múgica, ha trasladado a la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDH-A) su "preocupación" por la "inexistencia de informes detallados e individualizados sobre la situación familiar del menor a la hora de plantear la conveniencia de su reagrupación".

Fuentes de la propia asociación confirmaron a Europa Press que, en una respuesta ofrecida por Múgica a principios del pasado junio a una solicitud de información del colectivo sobre la situación de los menores inmigrantes en los centros de acogida tutelados por el Gobierno español, el Defensor alertó de que en los expedientes administrativos sobre reagrupación familiar de menores extranjeros no acompañados que ha tenido la oportunidad de analizar, no se incluyen estos documentos pormenorizados "sobre la capacidad material y afectiva de la familia".

Múgica recuerda que la repatriación del menor a su país de origen debe de tener lugar siempre y cuando "sea la mejor opción" para el mismo, determinándose en cada caso "de manera individualizada", si es "procedente" el regreso del afectado al seno familiar. APDH-A calificó de "expulsiones camufladas" estos reagrupamientos sin documentos que atestigüen las circunstancias familiares concretas.

En su respuesta a APDH-A, Múgica pide también asistencia jurídica gratuita al menor "tal y como recoge la Ley Orgánica de Protección al Menor" para que el derecho que este tiene a ser oído en el proceso de reagrupación familiar quede garantizado. Múgica entiende que este derecho también "implica audiencia jurídica realizada con garantías y el asesoramiento de un profesional que vele por sus derechos e intereses", además de que se le informe de los posibles recursos que pueda interponer. El Defensor también les ha trasladado su "impresión" de que existe "una tendencia automática a proponer la reunificación familiar de los menores inmigrantes como finalidad última de las actuaciones de protección".

Anteriormente a esta respuesta a APDH-A, Múgica desaprobó en el informe anual de la institución emitido el pasado mes de junio, una circular interna de la Consejería de Igualdad de la Junta en la que se instaba a los delegados provinciales a no declarar el desamparo de menores extranjeros que llegen a los centros de acogida próximos a la mayoría de edad, con 16 ó 17 años. En la resolución que emitió a la Consejería, el Defensor expuso que "supone un incumplimiento del mandato legal expreso, contenido en el Código Civil, de ejercer la tutela sobre los menores que se encuentran en situación de desamparo".

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